Centralización y Reformas Administrativas en el Siglo XVIII: España y América
Guerra de Sucesión
En el año 1700 muere Carlos II sin descendencia, último rey de la dinastía Habsburgo. Había dos candidatos al trono: Felipe de Anjou y Carlos de Austria. En el testamento, Carlos II nombra a Felipe como sucesor.
El acceso de Felipe V al trono español provocó la **Guerra de Sucesión Española**. Holanda e Inglaterra firmaron con el emperador de Austria la Gran Alianza de La Haya en 1701 para apoyar al archiduque Carlos y declarar la guerra a España y Francia.
La Guerra de Sucesión, por un lado, fue una guerra europea que enfrentó a la Gran Alianza con los Borbones de España y Francia, y por otro lado, una guerra civil entre Castilla, que apoyó a Felipe de Borbón, y la Corona de Aragón, que apoyó al archiduque Carlos.
La Guerra de Sucesión terminó en Europa con el **Tratado de Utrecht** en 1713, por el que se reconocía a Felipe V como rey de España a cambio de rechazar la corona de Francia. Carlos de Austria recibía los Países Bajos españoles, Milán, Nápoles y Cerdeña. Inglaterra consiguió Gibraltar y Menorca, el *asiento de negros* y el derecho a un *navío de permiso*. En España, las tropas de Felipe V vencían en la batalla de Almansa en 1707, recuperando los reinos de Aragón y Valencia.
Centralización y Uniformidad
Los primeros Borbones españoles, Felipe V y Fernando VI, asumieron la labor de unificar y reorganizar los diferentes reinos españoles.
Felipe V, mediante los **Decretos de Nueva Planta**, impuso la organización político-administrativa de Castilla a los reinos de la Corona de Aragón. Los Decretos de Nueva Planta supusieron la imposición de una estructura uniforme en todo el territorio español y se implantaron en Valencia y Aragón en 1707, Mallorca en 1715 y Cataluña en 1716. Solo el País Vasco y Navarra, que habían apoyado a Felipe V, conservaron sus fueros o leyes propias.
Los antiguos reinos de la Corona de Aragón pasaron a ser simples provincias gobernadas por capitanes generales, que tenían competencias militares, administrativas y judiciales. En cada provincia se creó una Real Audiencia, con competencias judiciales, presidida por el capitán general. Se creó la figura del **intendente** (funcionario que dependía directamente del rey y tenía amplios poderes en materia económica). Las Cortes de los diferentes reinos se integraron en las de Castilla. La figura de los corregidores castellanos (que gobernaban las ciudades) se extendió por toda España.
Reformas Administrativas
Felipe V pretendió racionalizar la administración sustituyendo las instituciones implantadas por los Habsburgo. Se eliminaron algunos consejos, como el de Aragón, asumiendo el Consejo de Castilla sus funciones.
La labor del monarca era auxiliada por las secretarías (ministerios), a cuyo frente se situaban los secretarios de despacho. Se crearon las secretarías de Estado, Hacienda, Justicia, de Guerra y Marina…
Reformas en la América Hispana
Los amplios territorios que España poseía en América también fueron sometidos a un proceso de reformas para reforzar la presencia del Estado y conseguir una mayor profesionalización de la administración. Así, los virreinatos pasaron de 2 (el de Nueva España y Perú) a 4 (Nueva Granada y Río de la Plata). Se implantó el sistema de capitanías generales y audiencias, y se exportó la figura de los intendentes.
La expulsión de los jesuitas y las nuevas medidas administrativas (que marginaban a los criollos) y fiscales (aumento de impuestos) provocaron numerosas protestas y revueltas que fueron duramente sofocadas.
Política Exterior de los Borbones: De Felipe V a Carlos III
Reinado de Felipe V
Tras los tratados de Utrecht y Rastatt en 1713 y 1714, España perdía el papel de primera potencia y Gran Bretaña se convertía en el árbitro del continente europeo: habían obtenido nuevos territorios (Gibraltar y Menorca) e importantes concesiones comerciales. Francia y España fueron las grandes perdedoras.
Felipe V quiso recuperar los territorios perdidos en Italia por el Tratado de Utrecht. El intento de revisar lo establecido en Utrecht (revisionismo) marca el reinado de Felipe V y estaba impulsado por el interés de su segunda esposa, Isabel de Farnesio, por colocar a sus hijos, los infantes Carlos y Felipe, en tronos italianos. Un segundo objetivo será la recuperación de Gibraltar y Menorca.
- En los primeros años después de Utrecht, España puso en práctica una política agresiva (bajo la dirección del Cardenal Alberoni) conquistando Cerdeña y Sicilia, lo que provocó el enfrentamiento con la Cuádruple Alianza (Holanda, Austria, Francia e Inglaterra). España tuvo que devolver Cerdeña y Sicilia.
- En una segunda fase, los gobiernos dirigidos por ministros españoles adoptan una política más realista, aproximándose a Francia, país con el que firman los **Pactos de Familia**.
El primer Pacto de Familia en 1733 provocó la participación de España en la Guerra de Sucesión de Polonia. España consiguió Nápoles y Sicilia.
El segundo Pacto de Familia en 1743 implicó la participación de España en la Guerra de Sucesión de Austria frente a Inglaterra. El infante Don Felipe consiguió los ducados de Parma, Plasencia y Guastalla.
Reinado de Fernando VI (1746-1759)
Fernando VI impuso una política de neutralidad en las relaciones internacionales. Sus principales objetivos fueron la reestructuración del ejército y de la flota. La construcción de los navíos tenía como labor mantener buenas líneas de comunicación con los territorios americanos; el rey contó con los apoyos del Marqués de la Ensenada y de Carvajal.
Reinado de Carlos III (1759-1788)
Carlos III abandona la neutralidad y vuelve a una política intervencionista. Firma el tercer **Pacto de Familia** con Francia en 1761 y participará al lado de este país en la Guerra de los Siete Años (1756-1763) frente a Inglaterra. La guerra termina con la derrota de las potencias borbónicas y en la Paz de París en 1763, donde España cede Florida y territorios de México a Gran Bretaña, mientras la Luisiana pasaba de manos francesas a españolas. Inglaterra era la gran vencedora del conflicto.
La gran ocasión para la revancha hispano-francesa se produjo en 1776 a raíz de la declaración de independencia de las 13 colonias inglesas de América del Norte. España intervino junto a Francia apoyando a los sublevados. El ejército español obtuvo importantes victorias en Florida y las tropas franco-españolas recuperaban Menorca. La Paz de Versalles (1783) reconoció la independencia de los Estados Unidos y las conquistas españolas, aunque no se logró la devolución del peñón de Gibraltar.
Extremadura en el Antiguo Régimen: Aspectos Políticos y Administrativos
Organización Administrativa
En el Antiguo Régimen, los actuales territorios extremeños se caracterizaron por su complejidad administrativa. Convivieron los poderes realengos, los de las órdenes militares y los territorios de señorío, entre ellos alguno de origen eclesiástico.
- Jurisdicción realenga: Se articulaba en torno a 4 corregimientos: Trujillo, Plasencia, Cáceres y Badajoz, con sus correspondientes territorios (alfoces o sexmos). El más rico y extenso era el de Plasencia, formado por 49 comunidades. El corregidor, representante del rey, residía en la ciudad principal del corregimiento, presidía el ayuntamiento y ejercía la máxima autoridad. Entre los siglos XVI y XVII, muchas zonas de realengo pasaron a manos privadas debido a las necesidades financieras de la Corona. A finales del siglo XVIII, una tercera parte del territorio extremeño pertenecía a la jurisdicción real.
- Órdenes militares: Las de Santiago y Alcántara, nacidas durante la Reconquista, fueron parte fundamental de la estructura jurisdiccional a lo largo de la Edad Moderna. Los territorios de las órdenes militares se encontraban divididos en encomiendas. Cada encomienda disponía de numerosas posesiones y el comendador era un auténtico señor territorial. Desde los Reyes Católicos, las órdenes militares pertenecían a la Corona, aunque se trataba de dominios cuya posesión y disfrute correspondía a señores particulares, como recompensa a servicios prestados. La Orden de Alcántara se situaba por el oeste de Extremadura y la Orden de Santiago por la zona centro-sudeste (Mérida).
- Bajo jurisdicción señorial: Se encontraba la mayor parte del territorio extremeño en el Antiguo Régimen. Son generalmente señoríos nobiliarios y eclesiásticos (Jaraicejo). Los señoríos más extensos son los ejercidos por el Duque de Alba y el Duque de Feria. Controlaban las aldeas y ejercían la administración de justicia sobre varias comarcas.
- La Iglesia en Extremadura: Disfrutaba de un gran poder e incluso tenía jurisdicción propia en algunos casos. Los obispados extremeños fueron grandes poseedores de tierra y cobraban rentas (diezmos) en las parroquias de su jurisdicción. La Iglesia, en la administración de justicia, disponía de una justicia propia, independiente del poder civil. El caso más destacado de señorío eclesiástico es el Monasterio de Guadalupe.
La Provincia de Extremadura y la Representación en Cortes
En el siglo XVI, ninguna de las ciudades de la actual Extremadura figuraba entre las 18 ciudades castellanas con voto en Cortes. Extremadura estaba incorporada a estos efectos a la provincia de Salamanca.
En 1653, a iniciativa de Plasencia, diversas ciudades y villas extremeñas (Cáceres, Alcántara, Mérida, Badajoz y Trujillo) se unieron para comprar un voto en Cortes por 80.000 ducados.
A Trujillo y Mérida le correspondió el envío de la primera convocatoria de las Cortes, a Badajoz y Cáceres para la segunda convocatoria, y a Alcántara y Plasencia para la tercera.
Reformas del Siglo XVIII
Los hechos más destacados del reformismo borbónico en la región fueron la creación de la Intendencia General de Extremadura en 1711, que dependía del capitán general. Primero se situó en Mérida y después se trasladó a Badajoz. Extremadura será una de las 38 provincias en que se dividía España en la época de los Borbones.
En 1791 se establecía la Real Audiencia de Extremadura en Cáceres. Así, los extremeños no tendrían que desplazarse hasta la Audiencia de Valladolid. Competían a la Audiencia todos los asuntos judiciales de primera y segunda instancia, además podían intervenir en asuntos de gobierno y policía.