Productos de Ahorro y Depósito
Cuenta Ahorro Vivienda
La cuenta de ahorro vivienda tiene por objeto la constitución de un fondo de ahorro con la finalidad de adquirir, ampliar, rehabilitar o construir la vivienda habitual del titular o titulares. Su formalización es mediante libreta y la remuneración en tipo de interés suele ser superior a la de las cuentas de ahorro a la vista.
El atractivo de esta cuenta reside, además de en su tipo de interés, principalmente en la desgravación fiscal en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
La duración de la cuenta tiene un tope máximo de cuatro años, pues las normas fiscales obligan a destinar el fondo de ahorro a las finalidades mencionadas de vivienda dentro de los cuatro años siguientes a su apertura. Se pierden en su totalidad los beneficios fiscales si se incumple dicho plazo o si se destina el fondo a fines distintos de los citados.
Imposiciones a Plazo Fijo y Certificados de Depósito
Imposiciones a Plazo Fijo
Las imposiciones a plazo fijo son contratos de depósitos de dinero mediante los cuales los clientes se comprometen a mantener en la entidad bancaria, hasta sus vencimientos, los importes de los depósitos. Se documentan en libretas. La libreta es siempre nominativa e intransferible.
Características principales:
- Plazos: Varían desde un mes hasta cualquier tiempo pactado.
- Tipos de interés: Son más altos que los de las cuentas de ahorro, debido a su reducida disponibilidad.
- Abono de intereses: Los intereses devengados se abonan en la cuenta corriente o de ahorro a la vista que tenga abierta el titular en la entidad.
- Vencimiento: Al vencimiento, el cliente puede prorrogarlas por otro plazo igual al inicial o bien cancelarlas.
Certificados de Depósito
Los certificados de depósito son documentos o resguardos (no libretas) acreditativos de imposiciones a plazo fijo, emitidos por las entidades bancarias. Son transmisibles por endoso en cualquier momento. Los certificados emitidos por la entidad bancaria expresan el importe, vencimiento, tipo de interés y forma de pago.
Operaciones Activas Bancarias
Las operaciones de activo son aquellas en las que la entidad bancaria concede financiación a sus clientes. Las más habituales son:
- Operaciones de descuento de efectos comerciales.
- Préstamos.
- Créditos.
- El aval bancario.
Clasificación de Operaciones Activas
Desde el punto de vista financiero, las operaciones de activo de las entidades de crédito se clasifican, en función de su plazo de vencimiento, en:
- Operaciones a corto plazo: como las operaciones de descuento de efectos, pólizas de crédito, anticipos, tarjetas, etc.
- Operaciones a largo plazo: como las operaciones de préstamos en general (préstamos de financiación, préstamos hipotecarios, etc.).
El Descuento de Efectos Comerciales
¿Qué son los Efectos Comerciales?
En las operaciones comerciales, los aplazamientos de pago están documentados, normalmente, en letras de cambio, pagarés, recibos, etc. Debido a que la causa de emisión de estos documentos es una operación comercial (compraventa, servicio, etc.), reciben el nombre de efectos comerciales.
Las empresas emiten o libran letras y recibos contra sus clientes-deudores (otras empresas) por varias causas:
- Es una práctica comercial habitual de aplazamiento de los pagos-cobros.
- Representan un compromiso de pago de la deuda y una garantía de cobro en el vencimiento.
- En caso de impago, pueden reclamarse judicialmente y llegar al embargo de los bienes del deudor para resarcirse de la deuda y de los perjuicios ocasionados.
- Facilitan su transformación en dinero líquido o efectivo en cualquier momento, mediante el mecanismo del descuento comercial.
El Mecanismo del Descuento Comercial
El descuento comercial de efectos es la operación activa mediante la cual una entidad bancaria anticipa el importe de dichos efectos (letras, pagarés) menos los intereses, comisiones y otros gastos derivados de la operación.
Liquidación de Efectos Descontados
La liquidación de efectos descontados consiste en calcular el total de los gastos de las operaciones de descuento. El total de gastos de la liquidación comprende tres conceptos:
- El descuento propiamente dicho o los intereses de descuento.
- La comisión bancaria.
- Los gastos de correo u otros timbres.
El cálculo del descuento (intereses) se realiza generalmente con la fórmula:
Descuento (Dc) = Capital Nominal (Cn) * tiempo en días (n) * tipo de interés anual (i) / 360
Préstamos Personales
Características y Finalidad
Los préstamos personales son aquellos que se conceden a partir de la garantía de solvencia económica del cliente (ingresos periódicos suficientes) y/o la solvencia de otras personas que actúan como avalistas de la operación.
Los avalistas o fiadores contraen la obligación de pago del préstamo en caso de que no lo haga el prestatario (deudor principal).
Las personas físicas destinan estos préstamos habitualmente al consumo: compra de un coche, equipamiento y arreglo de la vivienda, etc. Las personas jurídicas (empresas) los utilizan normalmente para financiar su activo circulante (necesidades de tesorería, existencias).
En este tipo de préstamos, el periodo de amortización suele estar comprendido entre uno y cinco años.
Proceso de Concesión Bancaria
Las entidades bancarias siguen unas reglas de actuación para evaluar la concesión:
- Comprobar los ingresos del solicitante, así como sus compromisos de pago actuales y futuros.
- Para las personas físicas: nóminas, declaraciones de renta.
- Para las empresas: balances, cuentas de pérdidas y ganancias.
- Analizar la historia crediticia del solicitante si es cliente de la entidad.
- Recabar informes de solvencia de las fuentes oportunas (ej. CIRBE).
- Informarse de la antigüedad en el trabajo o de la empresa, su presente y perspectivas de futuro.
- Establecer una correlación lógica entre el importe del préstamo y los plazos de amortización.
- Determinar, en algunos casos, el patrimonio del solicitante y de las personas avalistas.
Formalización: La Póliza de Préstamo
El préstamo personal se formaliza en un documento denominado póliza de préstamo. En el momento de la firma del contrato, puede intervenir un fedatario público (como un notario, anteriormente corredor de comercio colegiado) quien da fe de la operación, convirtiendo la póliza en un documento con fuerza ejecutiva.
Préstamos Hipotecarios
Garantías y Formalización
En los préstamos hipotecarios, las garantías exigidas a los clientes son bienes inmuebles (o, más raramente, ciertos bienes muebles de alto valor). Son préstamos concedidos con garantía de hipoteca sobre bienes inmuebles (edificios, terrenos) propiedad del cliente.
La entidad bancaria, en caso de que el cliente no cumpla sus obligaciones de pago, puede ejecutar la garantía hipotecaria, lo que implica embargar los bienes inmuebles y posteriormente venderlos en pública subasta para resarcirse de la cantidad adeudada.
La formalización de los préstamos hipotecarios exige escritura pública, redactada por un notario y firmada por éste, la entidad bancaria y el cliente. Además, la escritura debe inscribirse en el Registro de la Propiedad para que la hipoteca tenga plena eficacia frente a terceros.
Características y Tipos de Interés
Los préstamos hipotecarios son concedidos tanto a personas físicas como jurídicas. Su devolución o amortización es típicamente a largo plazo, entre 10 y 40 años.
Los intereses cobrados por las entidades de crédito dependen del tipo de préstamo, de la duración del mismo y de las garantías aportadas por el prestatario. A modo orientativo (las tasas varían constantemente):
- Los préstamos personales suelen tener un tipo de interés más elevado.
- Los préstamos hipotecarios pueden ser a interés fijo o a interés variable (referenciado habitualmente al Euríbor más un diferencial).
Descubiertos en Cuenta
Los descubiertos son situaciones con saldo deudor en una cuenta corriente o en una cuenta de ahorro. En consecuencia, se entiende legalmente por descubierto toda cantidad de la que disponga un cliente por encima del saldo disponible en su cuenta, siempre que dicho exceso no esté respaldado por una póliza de crédito previamente contratada.
El coste de un descubierto suele ser elevado e incluye:
- Intereses de descubierto: Calculados sobre el saldo deudor y los días que ha permanecido. A menudo se calculan usando la fórmula de los números comerciales (Saldo x Días).
- Comisión por descubierto: Un porcentaje sobre el mayor saldo deudor del periodo de liquidación.
- Gastos de reclamación: Si la entidad tiene que reclamar la posición deudora.
Nota: La fórmula original `Nc=saldo · días /100 Intereses= n/364/i Irpf de Comisión % de` parece incompleta y mezcla conceptos. Los intereses de descubierto se calculan sobre los números comerciales deudores (Saldo x Días) aplicando un tipo de interés nominal anual (dividido por 360 o 365), además de las comisiones aplicables según contrato y normativa.