La Crisis de 1808 y la Constitución de 1812: El Inicio del Liberalismo en España


2A nivel internacional se produjo una crisis del Antiguo Régimen debió a la influencia de la Revolución francesa, que se extendíó hasta llegar a América por medio de las ideas de ilustrados y burgueses. A nivel nacional, las Abdicaciones de Bayona habían creado un vacío de autoridad, que desencadenó la quiebra de la monarquía del Antiguo Régimen. Pese a que los Borbones habían ordenado a las autoridades que se obedeciera a José I, muchos españoles se negaron, pues se le veía como una autoridad ilegítima. Para llenar ese vacío y dirigir la insurrección se organizaron juntas locales, que se integraron en juntas supremas provinciales, que asumieron la soberanía.Y para su coordinación se creó la Junta Suprema Central, que convocó la reuníón de Cortes extraordinarias en Cádiz, acto que iniciaba claramente el proceso revolucionario. Finalmente, en Enero de 1810, la Junta Suprema Central cedíó el poder a una Regencia, situada en Cádiz, la zona más segura tras el avance napoleónico.Las Cortes de Cádiz se reunieron en plena Guerra de la Independencia <http://portales.Educared.Net/wikiEducared/índex.Php?Title=La_crisis_de_1808:_La_Guerra_de_la_Independencia.>, dando comienzo con su obra a la revolución liberal burguesa aprovechando el vacío de poder. Se propusieron crear un marco legal que permitiera pasar de una sociedad estamental a una liberal y acabar con el Antiguo Régimen <http://portales.Educared.Net/wikiEducared/índex.Php?Title=Antiguo_Régimen&action=edit>. Esto ocurría a espaldas de la realidad social española.El ambiente liberal de Cádiz propició que la mayoría de los diputados, elegidos por sufragio universal <http://portales.Educared.Net/wikiEducared/índex.Php?Title=Sufragio_universal&action=edit> de varones mayores de 25 años, fueran entre otros: eclesiásticos, burgueses funcionarios y pocos nobles, pero sin representantes de las clases populares y de los territorios americanos. Formando así, una Asamblea Constituyente <http://portales.Educared.Net/wikiEducared/índex.Php?Title=Asamblea_Constituyente&action=edit>, en vez de las tradicionales Cortes estamentales. Esto permitíó que el ideal liberal pudiera concretarse en la legislación aprobada. Paralelos a estos acontecimientos, se producían los inicios de la independencia americana.Los liberales consiguieron que la convocatoria no se realizara por estamentos, como ocurría en el Antiguo Régimen, sino como asamble única, en la que a cada diputado le correspondía un voto, sin distinción del estamento al que perteneciera. En su Decreto de Constitución estas Cortes establecieron, sin dejar por ello de proclamar a Fernando VII como rey legítimo, los prin-cipios siguientes: en las Cortes residía la soberanía nacional, plantearon la división de poderes del Estado, asignaron a las Cortes el poder legislativo, y la elaboración de una Constitución, una constitución ilustrada a la altura y estilo de la de Francia o Estados Unidos.La mayoría liberal, inició la primera revolución liberal burguesa en España, con dos objetivos: adoptar reformas que acabaran con el Antiguo Régimen, y aprobar una Constitución que cam-biara el régimen político del país. Estas fueron las principales reformas políticas, económicas, sociales y jurídicas adoptadas por las Cortes de Cádiz:
libertad económica, comercial, de expre-sión y de pensamiento; igualdad jurídica; un sistema político parlamentario y constitucional; libertad de imprenta (1810) ; supresión de la Inquisición (1813) ; y una tímida desamortización de los bienes de la Iglesia. En las Cortes los diputados estaban agrupados en dos tendencias, aunque comparten ideas generales y objetivos, en: liberales, partidarios de reformas revolucionarias, inspiradas en los principios de la Revolución Francesa, y a su vez se dividen en moderados, con una libertad de expresión pero vigilada, y los exaltados, con una libertad de expresión total; y absolutistas , partidarios del mantenimiento del Antiguo Régimen. Pero la labor mas importante de estas Cortes fue la promulgación de la primera Constitución auténticamente española, la Constitución de 1812 llamada “la Pepa”, que fue el resultado del compromiso entre liberales y absolutistas. En relación con su contenido, destacan las siguientes carácterísticas: soberanía nacional; la idea de nacíón-estado con el fuero único; la estructura de una monarquía limitada con división de poderes, el legislativo correspondía al rey a las Cortes, el ejecutivo al rey, y el judicial a los Tribunales de Justicia; las Cortes tenían amplios poderes como elaborar leyes y aprobar los tratados internacionales; los derechos fundamentales del individuo, como la igualdad ante la ley (fin de los privilegios de la sociedad estamental) <http://portales.Educared.Net/wikiEducared/índex.Php?Title=Sociedad_estamental&action=edit>, la libertad de imprenta, el sufragio censitario, la abolición de los gremios y los privilegiados con-servan sus propiedades; milicia nacional; y no hay libertad de culto, se impone el catolocismo.Pero esta la Constitución no fue aplicada inmediatamente, ya que por medio del Tratado de Valençay volvía Fernando VII, e implantaba de nuevo el Antiguo Régimen, y en Viena se acordó el cierre de la revolución. Sin embargo, la Constitución volverá en el Trienio Liberal (1820-1823), e influirá posteriormente, así como las diferentes tendencias a lo largo de todo el Siglo XIX.