Extinción de las Obligaciones, Fuentes de las Obligaciones y Contratos en el Derecho Romano

Extinción de las Obligaciones

Modos de Extinción Ipso Iure

  • El pago
  • Modos que siguen el principio del contrariusactus
  • La novación
  • Concursus duarum causarum lucrativarum
  • La confusión

Modos de Extinción Ope Exceptionis

  • La compensación
  • El pactum de non petendo

Fuentes de las Obligaciones

El Contrato

Es un acuerdo de voluntades que el ius civile reconoce expresamente como fuente de obligaciones.

Los Contratos Reales

El Mutuo

Definición: Es un contrato real, unilateral y de Derecho estricto, en virtud del cual una persona (mutuante) entrega a otro (mutuario) una cantidad de dinero u otras cosas fungibles, asumiendo el mutuario la obligación de restituir la misma cantidad de cosas de igual género y calidad.

El Comodato

Definición: Es un contrato real, bilateral imperfecto, de buena fe y gratuito, en virtud del cual una persona (comodante) entrega a otra (comodatario) una cosa para que éste la use y la restituya al cabo de un cierto tiempo.

El Depósito

Es un contrato real, bilateral imperfecto, de buena fe y carácter gratuito, en virtud del cual una persona, depositante, entrega a otra, depositario, una cosa mueble para su custodia durante un tiempo determinado.

La Prenda

Es un contrato real, bilateral imperfecto, en virtud del cual una persona, (deudor pignoraticio) entrega a otra (acreedor pignoraticio) una cosa como garantía de una obligación, y el acreedor queda obligado a devolverla una vez le ha sido satisfecho su crédito.

Los Contratos Formales

Contratos Verbales

  • La stipulatio
  • Acceptilatio

Contratos Literales

  • Nomen transcripticium

Los Contratos Consensuales

La Compraventa

Es un contrato consensual, bilateral perfecto y de buena fe, en virtud del cual una de las partes, llamada vendedor, se obliga a entregar una cosa a otra persona (comprador) y a garantizarle la posesión pacífica y el disfrute, a cambio de un precio cierto en dinero.

Locatio Conductio

Es el arrendamiento. Son contratos consensuales, bilaterales perfectos y de buena fe.

Sociedad

Es un contrato consensual, plurilateral y de buena fe, en virtud del cual varias personas se obligan a cooperar con bienes o con su actividad para la consecución de un fin común.

Mandato

El mandato es un contrato consensual, bilateral imperfecto y de buena fe, en virtud del cual una persona (mandatario) se obliga a realizar gratuitamente una gestión o un encargo por cuenta de otro (mandante)

Pactos y Cuasicontratos

El Pacto

Es un acuerdo de voluntades, falto de forma y, además, no tipificado como contrato por el ius civile.

Los Cuasicontratos

  • Negotiorum gestio
  • Enriquecimiento injustificado

Obligaciones Provenientes de Actos Ilícitos

Los Delitos Civiles

  • El furtum
  • La rapina
  • El damnum iniuria datum
  • La iniuria

Los Cuasidelitos

  • El iudex qui litem suam facit
  • La actio deposito et suspenso
  • La actio de effussis vel deiectis