Crisis del Antiguo Régimen y Guerra de la Independencia

Bloque 5. Crisis del Antiguo Régimen

5.1 La Guerra de la Independencia: antecedentes y causas

Las causas de la Guerra se producen dentro del proceso general de crisis del Antiguo Régimen. El reinado de Carlos IV comenzó condicionado por la Revolución Francesa. La anulación de los Pactos de Familia arrastró a la España del Antiguo Régimen a declarar la guerra a Francia. Pero tras el desastre en la Guerra de la Convención, se volvió a una política de alianzas franco-española. Godoy firma el Tratado de Fontainebleau, autorizando el paso del ejército francés a Portugal. Napoleón propone el cambio de frontera franco-española al Ebro, Godoy intenta trasladar a la familia real a Andalucía, lo que provocó el Motín de Aranjuez. Napoleón atrae a la familia real a Bayona, teniendo lugar las Abdicaciones de Bayona. En Madrid se produjeron constantes incidentes, que desembocaron en el levantamiento del 2. El levantamiento de Madrid desembocó en la Guerra de la Independencia. En las zonas no ocupadas, se establecieron las Juntas locales y provinciales, asumiendo la soberanía nacional y dirigiendo la marcha de la guerra. Los bandos de la guerra enfrentaron a la España de José I, contra la España de la insurrección popular y la resistencia. La guerra se desarrolló en tres fases:

  • Primera fase: Ocupación de las tropas francesas de los lugares estratégicos (mayo-octubre 1808).
  • Segunda fase: Predominio francés (octubre 1808-julio 1812). Napoleón entra en España con 250.000 soldados, restablece en el trono a José I. La Junta Central Suprema se traslada a Sevilla y posteriormente a Cádiz.
  • Tercera fase: Ofensiva hispano-inglesa (julio 1812-1814). La Junta Suprema Central firmó con Inglaterra una alianza contra Napoleón.

Con la firma del Tratado de Valençay, Napoleón reconoce a Fernando VII como rey de España. Durante la guerra, José I impuso el Estatuto Real de Bayona implantando un régimen autoritario parcialmente. Pero la mayoría lo rechazó y formó sus órganos de gobierno: Juntas locales, provinciales, coordinadas por la Junta Central Suprema.

5.2 Las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812

Durante la Guerra de la Independencia, se produjo una revolución política. Primero surgieron Juntas locales, luego Provinciales y luego la Junta Central Suprema. Trasladada a Cádiz la Junta Central Suprema, dio paso a un Consejo de Regencia. Las Cortes se autoconstituyen en Asamblea Constituyente y asumen la soberanía nacional. La mayoría de los diputados eran de clases medias y las mujeres no estaban representadas. Los representantes americanos fueron designados entre los de origen americano que había en ese momento en Cádiz. Los diputados formaban tres tendencias: liberales partidarios de reformas revolucionarias, ilustrados partidarios de reformas moderadas sin cambiar el sistema absolutista, y absolutistas que pretendían mantener el viejo orden monárquico. Las Cortes aprobaron una serie de medidas que desmantelaban en parte los fundamentos políticos, sociales y económicos del Antiguo Régimen:

  • La supresión del régimen señorial.
  • La nueva desamortización.
  • Se suprimen las aduanas interiores y el Honrado Concejo de la Mesta.
  • Decretan la abolición de la Inquisición y supresión de conventos.
  • Se aprueba el Decreto de libertad de prensa.
  • Se inició el debate sobre la reorganización territorial de España.

La reforma política más relevante fue la Constitución de 1812. Sus principios básicos eran:

  • Soberanía nacional residía en la nación.
  • División de poderes. El poder legislativo residía en las Cortes unicamerales, el poder ejecutivo en el Rey y sus ministros y el poder judicial en los tribunales.
  • Establece como sistema de gobierno la monarquía constitucional.
  • Reconoce derechos individuales y colectivos.
  • Igualdad de todos ante la ley, fuero único.
  • Proclama el catolicismo como religión única y oficial del Estado.
  • Sufragio universal masculino e indirecto como sistema electoral.

Los ciudadanos, reconocen a Fernando VII como rey constitucional. La Constitución refleja el influjo de Iglesia y nobleza.

5.3 El reinado de Fernando VII: liberalismo frente a absolutismo. Proceso de la independencia

Con el Tratado de Valençay entre Napoleón y Fernando VII, éste recupera los derechos a la Corona. Regresa a España y recibe el Manifiesto de los Persas. El 4 de mayo, el rey promulga un Decreto, que anulaba las reformas aprobadas en las Cortes. Se inicia el Sexenio absolutista. Comienza con la detención de los liberales y la disolución de las Cortes, anuló la libertad de prensa, restableció la Inquisición y la Mesta, permitió la vuelta de los jesuitas y restauró la sociedad estamental. En 1820 triunfa el pronunciamiento de Riego en Cabezas de San Juan. Fernando VII restableció la Constitución 1812 iniciando el Trienio liberal. Se restablecieron las leyes aprobadas en Cádiz. Se aprobó la Ley de Supresión de Monasterios, Reglamento de Instrucción Pública, primer Código Penal, se instauró la Milicia Nacional y expulsaron a los jesuitas. Los liberales se dividieron en dos facciones: moderados o doceañistas como Argüelles y Martínez de la Rosa, y exaltados o venteañistas como Mendizábal y Alcalá Galiano. Hasta 1822 gobernaron los moderados, y después los exaltados. Se llevaron a cabo reformas: creación del Consejo de Ministros y del Ministerio de Fomento. En Hacienda se elaboraron los primeros presupuestos generales del Estado, y se creó el Banco de San Fernando y la Bolsa de Madrid. El régimen tenía dos enemigos: los liberales exaltados y los realistas. Los realistas ultras se alinearon a Carlos María Isidro. Fernando VII publica la Pragmática Sanción, derogando la Ley Sálica, permitiendo reinar a las mujeres. Al morir Fernando VII, María Cristina hereda la corona en nombre de su hija Isabel, iniciándose la guerra civil o primera guerra carlista. Al tiempo se produce el proceso independentista en América. Se distinguen dos periodos:

  • Primera fase. La burguesía criolla promovió Juntas y depuso a virreyes y capitanes generales, rechazando la autoridad de la Junta Central Suprema.
  • Segunda fase. Reacción absolutista que no impidió la independencia de Argentina