Delegados de Prevención: Funciones, Garantías y Auditorías del Sistema

Delegados de Prevención

Funciones y Competencias

Vigilancia y control del cumplimiento normativo: El Art. 36.1d de la LPRL establece la vigilancia y control sobre la actuación preventiva del empresario, lo que puede derivar en denuncia.

Competencias en empresas sin comité de seguridad y salud: En empresas con más de 50 trabajadores que no tienen la obligación de constituir un comité de seguridad y salud, las competencias de este serán asumidas según el Art. 38.2 LPRL.

Formación en materia preventiva: La organización y el proyecto de la formación en materia preventiva son aspectos clave.

Información y documentación: Los procedimientos de información y documentación según los Art. 18.1 y 23.1 LPRL son fundamentales.

Designación de responsables: Es importante designar a los trabajadores encargados de las medidas de emergencia.

Omisión de la obligación de consulta: Se considera falta grave.

Facultades

  • Acompañamiento a técnicos e inspectores: Según el Art. 36.2ª y e LPRL, los delegados de prevención pueden acompañar a técnicos e inspectores de trabajo y realizar visitas a los lugares de trabajo para ejercer la vigilancia y control de las condiciones laborales. El Art. 40.2 LPRL permite al inspector acudir sin previo aviso si considera que este puede perjudicar la inspección. Los delegados pueden acceder a cualquier zona del centro de trabajo, comunicándose con los trabajadores, sin alterar el proceso productivo, sin autorización previa ni preaviso al empresario. Este tiempo se considera trabajo efectivo, por lo que es recomendable avisar al empresario del tiempo que se utilizará.
  • Acceso a la información: Tienen derecho a acceder a toda la información necesaria en materia de seguridad y salud para ejercer sus funciones (Art. 18 LPRL y Art. 23 LPRL). El límite es el derecho a la intimidad y confidencialidad de los trabajadores en relación con los datos sanitarios (Art. 22.4 LPRL). Para acceder a estos datos, se requiere el consentimiento expreso del trabajador. En caso contrario, solo podrán conocer las conclusiones de los reconocimientos médicos en relación con su aptitud para el trabajo o la necesidad de mejorar las medidas preventivas. Deben ser informados de los daños producidos a la salud y pueden presentarse en el lugar de los hechos. También deben recibir información sobre las personas u órganos encargados de la prevención en la empresa y los organismos competentes.
  • Propuestas de medidas preventivas: Pueden proponer al empresario medidas preventivas o mejoras en seguridad y salud. Estas propuestas también pueden elevarse al comité de seguridad y salud. El Art. 36.4 LPRL establece que la decisión negativa del empresario debe ser motivada. El Art. 39.3 g del TRLISOS considera la inobservancia de las propuestas como criterio para graduar la cuantía de las sanciones.
  • Paralización de actividades: Pueden proponer al órgano de representación de los trabajadores la paralización de actividades en caso de riesgo grave e inminente (Art. 21.3 LPRL). En caso de urgencia, pueden adoptar la decisión de paralización por mayoría.

Garantías y Facilidades

Los delegados de prevención tienen las mismas garantías que los representantes unitarios (Art. 68 ET), incluso si no han sido elegidos entre estos.

Auditorías de los Sistemas de Prevención

Definición

Una auditoría es una evaluación sistemática, documentada, periódica, objetiva e independiente que evalúa la eficacia, efectividad y fiabilidad del servicio de prevención. Determina si el sistema es adecuado para alcanzar la política y los objetivos de la organización, y proporciona al auditado la oportunidad de mejorar (Art. 30.1 RSP).

Tipos de Auditorías

  • Obligatorias: Por imposición legal.
  • Excepciones:
    • Empresas que asumen la prevención con recursos propios y tienen hasta 50 trabajadores.
    • Actividades no consideradas peligrosas.
    • Eficacia evidente debido al número y escasa complejidad de las actividades preventivas.
  • Voluntarias: Por voluntad del empresario.

Periodicidad

  • Cada 4 años (2 años si hay riesgos especiales).
  • La primera auditoría se realiza 12 meses después de la planificación preventiva.
  • La periodicidad se incrementa en 2 años si hay acuerdo entre la empresa y los delegados de prevención.

Contenido

  • Comprobar la evaluación inicial (periódicas).
  • Comprobar el ajuste legal del plan preventivo.
  • Analizar la adecuación entre los medios disponibles y las necesidades preventivas.
  • Valorar la integración de la prevención en el sistema general de gestión de la empresa.

Acreditaciones de las Entidades Auditoras

Las acreditaciones certifican que se cumplen los requisitos para operar como entidad auditora. El procedimiento de acreditación se realiza ante la autoridad laboral autonómica y es válido en todo el estado. La solicitud (con proyecto detallado) se realiza según el Art. 23 RSP.