El Carlismo y las Guerras Carlistas
Origen
Carlos María Isidro de Borbón, segundo hijo de Carlos IV, estuvo con su familia en Bayona durante la Guerra de la Independencia. Tras esta, ocupó cargos de relevancia, mostrándose contrario a la política de amnistía a los liberales. Su relación con intentos de sublevación absolutista favoreció su distanciamiento de Fernando VII.
La Pragmática Sanción de 1830 lo apartó del trono, aumentando el enfrentamiento con su hermano. A la muerte de Fernando VII, Carlos reclamó sus derechos frente a su sobrina Isabel II, provocando el estallido de la Primera Guerra Carlista. Su derrota lo llevó fuera de España, muriendo en Trieste en 1855.
Apoyos
Territoriales
- Navarra
- Zonas rurales del País Vasco
- Norte de Cataluña
- Área del Maestrazgo
La sede de la corte carlista fue fundamentalmente Estella (Navarra). Estas regiones, de fuerte sentimiento foral, eran muy tradicionales desde el punto de vista político-religioso y predominantemente rurales.
Políticos
- Aristócratas, nobles y clérigos tradicionalistas partidarios del absolutismo del Antiguo Régimen.
- Terratenientes y propietarios que vivían de rentas y veían en la recuperación de los fueros la posibilidad de aumentar su poder socioeconómico.
Primera Guerra Carlista (1833-1840)
También conocida como la Guerra de los Siete Años, se desarrolló en las zonas de apoyo carlista. Destaca el sitio de Bilbao, ciudad que pretendían ocupar por el valor estratégico de su puerto, industria y población. Durante dicho cerco, el afamado líder carlista Zumalacárregui falleció a consecuencia de las heridas recibidas.
Dos intentos vanos destacan entre los carlistas: la ruta del general Gómez en 1836 tratando de reunir partidarios y la Expedición Real de “Carlos V” (1837) sobre Madrid, cuya indecisión permitió la reacción isabelina.
El mando carlista en el norte pasó a Maroto, quien firmó el Convenio de Vergara (1839) con el general isabelino Espartero. Este convenio permitió la integración de los carlistas más moderados en el sistema e incluso en el ejército. Cabrera resistió durante un tiempo en el Maestrazgo, pero su aislamiento y escasez de recursos lo obligaron a huir a Francia, terminando así la guerra.
Segunda Guerra Carlista (1846-1849)
Menos trascendental, se redujo a una guerra de guerrillas impulsada por Cabrera en Cataluña (“guerra dels Matiners”). Su escasa incidencia fue más política que militar.
Tercera Guerra Carlista (1872-1876)
Se produjo en tierras vasconavarras y Cataluña, donde el carlismo quedó al mando de “Carlos VII”. El fracaso para tomar Bilbao y la Restauración borbónica en la persona de Alfonso XII significaron la derrota carlista y el comienzo de su decadencia.
Las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812
Las Juntas surgidas a partir de mayo de 1808 se sentían depositarias de la soberanía nacional al considerar que las abdicaciones de Bayona habían sido un acto ilegal que había roto el tradicional pacto entre el rey y el pueblo. Por tanto, la soberanía revertía al pueblo.
La Regencia convocó a la Nación a Cortes para que sus representantes, en una sola cámara, procedieran a restablecer y mejorar la constitución fundamental de la monarquía. Reunidos en Cádiz desde septiembre de 1810, los diputados fueron, en gran parte, eclesiásticos, pero predominaron los pertenecientes a las clases medias. Entre los diputados se manifestaron tres tendencias:
- Los absolutistas o serviles, representantes de la ideología conservadora, interpretaban la situación como puramente coyuntural y sostenían que todo se resolvería con la expulsión de los franceses y la vuelta al trono de Fernando VII.
- Los liberales, partiendo de la crisis de la monarquía, pretendían aprovechar las consecuencias del triunfo de la soberanía nacional en la guerra. Sus ideas se inspiraron en las de la Revolución Francesa y, como en Francia, deseaban una Constitución que recogiera y consagrara estas ideas.
- Los jovellanistas, continuadores de la Ilustración, admitían que, en la coyuntura del país, el pueblo tomara la primacía de la acción de gobierno, pero no admitían un uso revolucionario del poder. Para ellos, la soberanía no era propiedad del rey ni del pueblo, sino del rey y las Cortes.
Las Cortes se plantearon dos objetivos: constituir un nuevo régimen político, para lo que se redactó la Constitución de 1812, y promover la transformación de la sociedad, para lo que dispusieron la publicación de un conjunto de leyes.
La Constitución se publicó el 19 de marzo de 1812 (día de San José, por lo que fue llamada coloquialmente “la Pepa”). Posee tres características: es de origen popular, pues se hace por su iniciativa; es la más extensa del constitucionalismo español, con 384 artículos; y es muy rígida, pues sólo se permitía su modificación tras ocho años y con procedimientos muy rigurosos. Los principios básicos son la soberanía nacional, la división de poderes, el sufragio universal y un nuevo sistema de representación, ya que los diputados no representaban a su estamento, sino a la Nación. Mantiene a España como una monarquía y como religión la católica.
La labor legislativa de las Cortes de Cádiz fue trascendental: abolición de los señoríos jurisdiccionales, supresión de ciertos mayorazgos, abolición de la Inquisición, eliminación de las pruebas de limpieza de sangre. También se establecieron algunas libertades fundamentales, entre las que destaca la libertad de prensa.
Las Cortes de Cádiz diseñaron un nuevo tipo de Estado y establecieron sus principios programáticos, al tiempo que la Constitución se convertía en el símbolo del liberalismo español. Pero la minoría que impulsó estas reformas no contó con tiempo ni fuerza suficientes para realizar lo legislado, pues la vuelta de Fernando VII inauguró un nuevo periodo de absolutismo.