Objetivo
Los rellenos sanitarios DS 189 se construyen con la finalidad de contar con una regulación moderna que evite contingencias sanitario-ambientales, asegurando la disposición final de residuos domiciliarios y asimilables.
Definiciones
- Celda: Basura que se descarga diariamente, se compacta y se cubre con una cobertura diaria.
- Cobertura diaria: Capa de tierra compactada con la que se cubre la totalidad de los residuos, evitando el contacto con el medio ambiente, vectores, emanación de malos olores, etc.
- Compactación: Reducción del volumen de los residuos sólidos, con el aumento de su densidad, que se produce por el tratamiento con maquinaria pesada.
- Cota Basal: Cota mínima del terreno donde se ubica la base del área de disposición de los residuos del relleno sanitario.
- Cota de coronamiento: Altura máxima posible de un relleno sanitario, una vez que se completa su capacidad de recepción de residuos para lo que se diseñó.
- Impermeabilización: Método de aislamiento para evitar el tránsito de lixiviados y gases hacia el exterior del relleno.
- Lixiviado: Líquido que percola o drena a través de los residuos sólidos, que contiene componentes solubles y material en suspensión provenientes de estos.
- Material de cobertura: Tierra utilizada para cubrir los residuos sólidos depositados en un relleno.
- Relleno sanitario: Lugar de eliminación de residuos sólidos, donde se disponen residuos sólidos domiciliarios y asimilables. Se diseña para evitar y minimizar molestias y riesgos para la salud, el medio ambiente y la población.
- Residuo sólido: Basura, desecho o desperdicio; elementos u objetos cuyo generador elimina o se dispone a eliminar, o está obligado a eliminar.
- Residuo asimilable: Basura, desechos o desperdicios generados en procesos industriales u otra actividad, que no son residuos peligrosos y que, por sus características físicas, químicas y bacteriológicas, se pueden disponer en rellenos sanitarios.
- Residuo Domiciliario: Basuras, desechos y desperdicios generados en viviendas, edificios habitacionales, locales comerciales, hoteles, etc.
- Revestimiento: Barrera de material sintético de baja permeabilidad para impermeabilizar el terreno donde se construye un relleno sanitario.
- Basural: Lugar donde se depositan residuos de manera espontánea o programada, sin controles ni medidas de protección ambiental.
- Vertedero: Depósito de residuos de diversa naturaleza habilitado para esa finalidad, que no cumple con las disposiciones sanitarias básicas establecidas, constituyendo generalmente un foco de emergencias ambientales.
Requisitos para el Funcionamiento
- a) Contar con un proyecto de ingeniería aprobado por la Autoridad Sanitaria y confeccionado por un profesional idóneo en la materia.
- b) Si ingresa al SEIA, debe contar con la aprobación de la autoridad sanitaria correspondiente, previa aprobación de la Resolución de Calificación Ambiental.
Contenido del Proyecto
- a) Descripción del sitio a ocupar.
- b) Diseño de ingeniería.
- c) Plan de operación.
- d) Plan de contingencia.
- e) Plan de cierre.
- f) Plan de monitoreo y control.
- g) Documentación.
Información sobre el Sitio (Título II)
- a) Plano cartográfico del área del proyecto.
- b) Plano topográfico del sitio.
- c) Estudio hidrológico del lugar.
- d) Plano geológico.
- e) Estudio de suelos y área de emplazamiento.
- f) Área de seguridad de 300 metros al interior del sitio, donde no se podrá construir edificación alguna durante su vida útil y posterior cierre.
- g) Ubicación a más de 600 metros de toda captación de agua.
- h) No se puede construir a menos de 60 metros de todo curso de agua superficial, considerando su máxima crecida en un periodo de 100 años.
Restricciones de Emplazamiento
- a) No se permite en zonas con fallas geológicas activas.
- b) No se permite en zonas expuestas a flujos constantes de barros o aluviones.
- c) Debe emplazarse en terrenos estables, no expuestos a deslizamientos y derrumbes.
- d) No debe estar expuesto a asentamientos por labores mineras subterráneas activas o extracción de aguas, petróleo o gases.
- e) No se permite en zonas inestables o con poca capacidad de soporte.
Diseño (Título III)
- a) Plano de la ubicación de la instalación y de todas las edificaciones existentes en 1000 metros a la redonda, si la instalación es menor a esa distancia.
- b) Diseño del área de disposición final (planos, cortes, etc.).
- c) Diseño del sistema de impermeabilización.
- d) Diseño del sistema de manejo y tratamiento de lixiviados.
- e) Diseño del sistema de manejo y tratamiento de biogás.
- f) Diseño del sistema de intercepción de escorrentías superficiales.
- g) Cálculo de la capacidad máxima de recepción de residuos.
- h) Especificaciones técnicas de los equipos y maquinarias.
- i) Planos de todas las instalaciones anexas que funcionen dentro del relleno.
- j) Estimación y estudio del lixiviado producido mediante balance hídrico mensual, diseño del sistema de impermeabilización, considerando pendientes, distanciamiento y diámetro de las tuberías de colección del lixiviado e impermeabilización de las piscinas de acopio.
Habilitación y Operación (Título IV)
Se requiere autorización sanitaria de la Secretaría Regional Ministerial de Salud respectiva. Debe incluir:
- a) Sistema de control y registro de ingreso de residuos (tipo, cantidad y origen).
- b) Programa de avance mensual.
- c) Método de compactación y cubrimiento diario de las basuras.
- d) Medidas de prevención y control de olores.
- e) Medidas de prevención y control de aves.
- f) Medidas de prevención y/o mitigación de emisión de material particulado.
- g) Registro del nombre del relleno sanitario.
- h) Empresa o municipio que lo opera.
- i) Día y horario de recepción de residuos.
- j) Tipos de residuos autorizados para su disposición.
- k) Municipio donde se emplaza el proyecto y teléfono de contacto.
- l) Autoridad sanitaria competente y teléfono de contacto.
Monitoreo y Control (Título V)
Rellenos sobre acuíferos o aguas superficiales deben monitorear el caudal aguas arriba y abajo del relleno, además de las aguas subterráneas cercanas, cada 6 meses. El monitoreo de biogás (si existe) debe considerar:
- a) Condiciones climáticas.
- b) Condiciones físicas de la instalación.
- c) Geología.
- d) Ubicación de construcciones y estructuras.
- e) Vías de migración.
- f) Frecuencia mensual.
Se debe remitir a la autoridad sanitaria regional un informe de operación mensual que incluya: cantidad, origen y tipo de residuos dispuestos, resultados del monitoreo, estado de avance del relleno, generación y volumen de lixiviados.
Plan de Cierre (Título VI)
Se debe notificar a la autoridad sanitaria 15 días después de alcanzar la cota máxima. El terreno no se puede ocupar hasta 20 años después del cierre. El plan debe considerar:
- a) Mantención de la cobertura final para minimizar la infiltración y la salida de biogás.
- b) Mantención, operación y seguimiento para evitar riesgos a la salud y al medio ambiente.
- c) Mantención y operación de los sistemas de monitoreo.
- d) Destino y uso final del relleno, incluyendo obras y actividades.
Normas Especiales (Título VII)
Solo se permiten residuos industriales no peligrosos que no afecten la operación ni la estabilidad del relleno. Se prohíbe:
- a) Residuos líquidos o con líquidos libres.
- b) Residuos de demolición.
- c) Neumáticos.