CONSTITUCIÓN
(Carta Magna, Norma Fundamental, Ley Fundamental o Ley de Leyes)
Concepto:
ü Proviene del latín constitutio y del verbo constituere. Es decir, instituir, fundar.
ü Según Fernando Lasalle, la constitución es el resultado de la suma de factores reales de poder. Georges Burdeau la define como el estatus del poder político convertido en instituciones estatales.
ü César Quintero la define como un conjunto de normas jurídicas fundamentales, la ley suprema del Estado, que reconoce derechos e impone deberes, tanto al gobierno como al pueblo, tanto a los gobernantes como a los gobernados.
ü Una constitución es la ley fundamental de un estado y su principal propósito es el ordenamiento jurídico de una sociedad política.
ü La constitución política de la República de Panamá es la de 1972.
Origen:
ü En la antigua Grecia fueron Platón y Aristóteles quienes dieron las primeras pautas para el constitucionalismo moderno.
ü En la antigua Grecia y Roma no se consideraba que las normas fueran escritas.
ü Pero en la Edad Media, durante el Imperio Romano, la constitución deja de ser una realidad totalizadora y se convierte en una ley titular emanada del emperador. Esto se debe a los movimientos: formación del Imperio Romano y el nacimiento y evolución del cristianismo.
Durante el siglo XII el concepto varió, y pasó a ser la norma que regula las relaciones de la Iglesia y el Estado:
- La Carta Magna Inglesa (1215): fue antecedente de los regímenes políticos modernos, mediante el cual el poder del monarca o presidente se vio limitado por un parlamento, asamblea o consejo.
- La Petición de Derechos: se proclamó en 1628, en Inglaterra, la cual establecía un conjunto de garantías concretas para los súbditos, que debían ser de fiel cumplimiento para el rey. Se establece que los ingleses tenían diferentes derechos y libertades.
- Las Grandes Revoluciones de los siglos XVII – XVIII: en el siglo XVII, en Europa imperaba la monarquía absoluta (Antiguo Régimen). Sin embargo, a finales del siglo XVIII, se instituyeron tres revoluciones:
a) La Revolución Gloriosa Inglesa en el siglo XVII: se reconocieron derechos y libertades de los ciudadanos ingleses, limitando el poder del rey y las atribuciones del parlamento.
b) La Revolución de las Trece Colonias Inglesas siglo XVIII (1776): Estados Unidos promulga su primera Constitución en 1787 la cual establecía la libertad e igualdad de todos los ciudadanos. Establece un sistema federal, que divide el poder en: el ejecutivo (presidente hace cumplimiento de leyes), legislativo (congreso elabora leyes) y judicial (corte suprema y otros aplican e interpretan leyes).
c) La Revolución Francesa en 1789: abolió la esclavitud, garantizó los derechos y libertades mediante sus postulados de: libertad, igualdad y fraternidad.
- La Constitución de Cádiz de 1812: españoles y criollos americanos buscaron evitar la caída del reino español a través de la instauración de una Monarquía Constitucional. Se denomina también como La Pepa, donde se desarrolla el concepto de soberanía y supremacía del parlamento, se rechazó el origen divino de la realeza y se reconoció que la soberanía reside en la nación.
- Clasificación de las Constituciones: llamada también Carta Magna o Carta Fundamental, es la norma suprema de un Estado de derecho soberano, que establece la base de la organización de instituciones y del gobierno. La constitución establece y define las relaciones de poder entre 3 órganos del Estado: Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
a. Las constituciones originarias: se basan en nuevos principios jurídicos. Además de esta clasificación, existen otras:
b. Las constituciones derivadas: resultado de modificaciones y adaptaciones que se le hacen a otras constituciones anteriores, ya sean nacionales o extranjeras, para implementar en un determinado Estado.
Estructura:
Se puede dividir la constitución política de un Estado en 3 partes a saber: el preámbulo, la parte dogmática y la parte orgánica.
Importancia:
Constituye la norma fundamental que se sitúa en la cúspide del ordenamiento jurídico de un Estado. Por medio de una constitución se establece la conexión entre el derecho y el poder.
Algunos aspectos que destacan la importancia de una constitución son:
a. Contempla los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos.
b. Establece un sistema de garantías, que respete y cumpla de manera eficaz los derechos y libertades de los ciudadanos.
c. Establece un sistema de reparación o equilibrio entre los distintos poderes e instituciones del Estado.
d. Especifica los poderes y privilegios del jefe de Estado y la organización territorial del Estado.
LAS CONSTITUCIONES PANAMEÑAS
- Constitución Política de 1875: el poder ejecutivo tiene derecho de objetar cualquier proyecto de ley y la asamblea constituyente nombrará también los Magistrados de la corte y sus suplentes, entre otros.
- Constitución Política de 1904: su contenido se utilizó como modelo la constitución de los Estados Unidos de 1787, la constitución de Cádiz, la constitución de Colombia de 1886 y la constitución de Argentina. Esta constitución fue aprobada mediante la convocatoria de una Convención Nacional Constituyente.
ü Establece la libertad de religión y de culto.
ü Establece que la Corte Suprema de Justicia estará conformada por cinco Magistrados nombrados para un periodo de cuatro años.
- Constitución Política de 1941: nuestra Carta Magna de 1941 vino a constituir la primera constitución social panameña. Introdujo varias rectificaciones técnicas con respecto a la tecnología empleada en la de 1904, por ejemplo: los conceptos de Estado, Nación, Soberanía, Independencia, Separación de poderes y otros similares.
ü Establece los límites de la República de Panamá con Costa Rica y Colombia.
ü Establece que la bandera, el himno y el escudo son adoptados por ley.
- Constitución Política de 1946: no tuvo carácter innovador como la constitución política de 1941. En su contenido eliminó los preceptos complementarios de aquella carta que privaban la nacionalidad, por su condición racial, a cierta categoría de personas nacidas en el territorio nacional.
ü Protege la maternidad obrera
ü Establece que el presidente será elegido por sufragio directo y por un periodo de cuatro años.
- Constitución Política de 1972: instituyó de manera formal y expresa un sistema militar de gobierno al otorgar poderes extraordinarios, a título personal, al General Omar Torrijos, a quien tituló, “Líder máximo de la Revolución Panameña”. El órgano Ejecutivo estaba constituido por un presidente y un vicepresidente elegidos por la Asamblea Nacional de Representantes de Corregimientos, mediante votación oral, para un periodo de 6 años. El órgano legislativo quedó constituido por la Asamblea Nacional de Representantes de Corregimientos y un Consejo Nacional de Legislación.
ü Establece el ajuste periódico del salario mínimo del trabajador.
ü Establece que son ciudadanos de la República los panameños mayores de dieciocho años sin distinción de sexo.
ACTAS REFORMATORIAS DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1972
- Reforma de 1978: las dos modificaciones esenciales de estos actos reformativos consistieron en establecer la elección popular directa del Presidente y Vicepresidente para un periodo de 6 años y en transformar el cuerpo nacional de legislación a un órgano constituido por 57 miembros elegidos, unos en forma directa y otros en formas indirectas.
- Reforma de 1983: el llamado acta constitucional de 1983, llegó a constituir no un acto reformatorio de la constitución de 1972, sino una nueva constitución. Extendió a 5 años el periodo de Gobierno, creó un sistema bicameral en el poder legislativo y reafirmó la elección por votación popular directa del Presidente y los dos vicepresidentes de Panamá.
- Reforma de 1993-1994: se agregó la administración del Canal de Panamá a la constitución panameña.
- Reforma de 2004: en el aspecto político desaparece la figura del 2do vicepresidente, de igual forma en los legisladores. Es importante hacer alusión a estas reformas, que integran el derecho de las personas con discapacidad y otorga mayores derechos y garantías a los ciudadanos. De igual forma, la conformación de la Asamblea Nacional será de acuerdo a las reformas de 70 diputados a nivel nacional.