El Derecho
El derecho es el conjunto de normas jurídicas que regula la convivencia de la ciudadanía, las empresas y los organismos públicos, permitiendo el correcto funcionamiento de la sociedad.
Fuentes del Derecho
Principales (Directas)
- Leyes: Disposiciones legales y reglamentarias emitidas por el organismo público correspondiente. La potestad legislativa recae principalmente en las Cortes Generales (Congreso y Senado), aunque parlamentos autonómicos y gobiernos también tienen capacidad limitada.
- Costumbres: Normas originadas en la práctica reiterada y el uso social. Se aplican en ausencia de ley, si se prueba su existencia y no contraviene el ordenamiento jurídico.
- Principios Generales del Derecho: Ideas fundamentales que, aunque no escritas, forman la base del ordenamiento jurídico e inspiran la creación de leyes.
Complementarias (Indirectas)
- Tratados Internacionales: Acuerdos sometidos al derecho internacional entre España y otros Estados u organismos. Se aplican directamente en España tras su publicación íntegra en el BOE.
- Jurisprudencia: Doctrina creada por sentencias reiteradas del Tribunal Supremo al interpretar y aplicar leyes, costumbres y principios generales del derecho. Complementa el ordenamiento jurídico.
Derecho Público y Privado
Derecho Público
Regula la actividad del Estado, su organización y su relación con la ciudadanía y entre organismos públicos. Ejemplo: El Departamento de Educación, al establecer normas de matriculación, ejerce una función pública regida por el Derecho Público.
- Derecho Administrativo: Regula la organización y actividades de las Administraciones Públicas.
- Derecho Financiero: Regula la administración financiera de los organismos públicos.
- Derecho Comunitario: Referente a la Unión Europea, sus tratados y organismos.
- Derecho Penal: Regula los delitos y las penas.
- Derecho Procesal: Regula la aplicación de las leyes y el proceso judicial.
- Derecho Político (Constitucional): Desarrolla las normas de la Constitución Española.
- Derecho Internacional Público: Regula las relaciones entre países u organismos internacionales.
Separación de Poderes
El Estado de derecho, elemento fundamental de la democracia, se basa en la soberanía popular. La separación de poderes evita abusos y consagra tres poderes independientes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial, todos sometidos al ordenamiento jurídico.
Poder Ejecutivo (Gobierno)
Gobierna y toma decisiones políticas dentro de sus competencias. Tiene capacidad limitada para dictar normas. Se elige tras elecciones legislativas, donde los ciudadanos votan a representantes que eligen al candidato para el Ejecutivo.
Poder Judicial
Administra justicia y vela por el cumplimiento de la ley. Jueces (en juzgados) y Magistrados (en tribunales) imparten justicia. Se organiza territorialmente:
- Tribunal Supremo
- Audiencia Nacional
- Tribunales Superiores de Justicia
- Audiencias Provinciales
- Juzgados
- Juzgados de Paz
Leyes Orgánicas y Ordinarias
Promulgadas por las Cortes Generales, se discuten y aprueban en el Congreso y luego en el Senado.
- Leyes Orgánicas: Normas de especial importancia (derechos fundamentales, libertades públicas, estatutos de autonomía, régimen electoral). Requieren mayoría absoluta.
- Leyes Ordinarias: Normas que desarrollan materias no consideradas de especial relevancia. Requieren mayoría simple.