Persona Física y Jurídica
Persona Física
Jurídicamente, una persona física es todo ser a quien el Derecho acepta como miembro de la Comunidad. Esta aceptación implica el reconocimiento de la aptitud para ser titular de derechos y obligaciones (capacidad).
Persona Jurídica
Es aquella organización humana encaminada a la consecución de un fin a la que el Derecho acepta como miembro de la Comunidad, otorgándole capacidad jurídica. Las personas jurídicas pueden ser:
- Públicas: Entidades con personalidad e interés público, que están encuadradas dentro de la organización estatal, formando parte de la misma en un determinado sector.
- Privadas: Entidades con personalidad que no forman parte de la organización estatal y poseen un interés particular.
Derechos Fundamentales
Condiciones
Capacidad Jurídica y Capacidad de Obrar
La capacidad jurídica es la capacidad de las personas de ser titulares de derechos y obligaciones. La capacidad de obrar es la aptitud que el Derecho reconoce para que la persona realice, por sí mismo y sin intermediarios, actos jurídicos.
Estado Civil
Ciertas situaciones de Derecho, de especial carácter, permanencia y relevancia, en las que puede encontrarse la persona, a quien imprimen una cualidad o condición determinada.
Nacionalidad
Vínculo permanente y jurídicamente relevante entre un Estado y las personas destinatarias de las normas que integran su Ordenamiento Jurídico.
Extranjero
Toda aquella persona que no ostenta la nacionalidad española.
Concepto
Aquellos derechos humanos garantizados por el ordenamiento jurídico positivo, en la mayor parte de los casos en su normativa constitucional, y que suelen gozar de una tutela reforzada.
Naturaleza de los Derechos y Libertades
Conjunto de valores y fines directivos de la acción positiva de los poderes públicos y marco general para el desarrollo de la convivencia social. La doctrina de la doble faz o naturaleza de los derechos fundamentales puede precisarse en los siguientes términos:
- Subjetivamente: Estatuto jurídico de los ciudadanos.
- Objetivamente: Presupuestos de consenso del sistema social y político.
Clasificación de los Derechos y Libertades Fundamentales
Desde una perspectiva material:
- Derechos y libertades de la persona física.
- Libertades de la persona intelectual y moral.
- Derechos o libertades colectivas o cívico-políticas.
- Derechos y libertades de contenido económico y social.
Clasificación por su garantía:
- Derechos de protección excepcional.
- Derechos de protección ordinaria.
- Rectores de la política social y económica.
Según el contexto histórico:
- De 1ª generación (derechos clásicos y de carácter individual).
- De 2ª generación (derechos sociales, económicos y políticos).
- De 3ª generación (sociales y democráticos del derecho).
Eficacia de los Derechos y Libertades Fundamentales
- Eficacia directa e inmediata de los derechos fundamentales frente a los poderes públicos.
- Eficacia constitucional mediata de los derechos fundamentales frente a los poderes públicos.
- Eficacia de los derechos fundamentales en las relaciones entre particulares.
Interpretación de los Derechos y Libertades Fundamentales
Principium libertatis o pro libertate: interpretación más favorable a la efectividad del derecho fundamental.
Procedimiento Administrativo
Concepto
Modo de elaboración de actos y normas de las Administraciones Públicas; cauce formal para el ejercicio de las potestades administrativas. Actividad que tiene por objeto encauzar los distintos trámites procedimentales para el correcto desarrollo del procedimiento.
Expediente Administrativo
Conjunto ordenado de documentos y actuaciones que sirven de antecedente y fundamento a la resolución administrativa, así como las diligencias encaminadas a ejecutarla.
Actos de Instrucción
Actos necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba pronunciarse la resolución.
Alegaciones
Derecho que la Ley reconoce a los interesados a formular defensas (datos fácticos o jurídicos) y a aportar documentos u otros elementos de juicio.
Informes o Dictámenes
Declaración de juicio emitida por un órgano administrativo con relación a determinados aspectos jurídicos o técnicos que plantea un procedimiento, y que permiten al órgano responsable del procedimiento dictar una resolución con garantías de acierto, tanto por su adecuación a Derecho como con vistas a la mejor consecución del interés público.
Pruebas
Actos de instrucción que tienen por objeto demostrar la veracidad o exactitud de los hechos alegados, y que sirven de fundamento a la resolución final del procedimiento.
Terminación del Procedimiento
Resolución
Forma de terminación del procedimiento administrativo mediante la cual la Administración decide sobre el fondo del asunto, debiendo dar respuesta a todas las cuestiones planteadas en el procedimiento.
Inadmisión
Forma de terminación por razones formales.
Imposibilidad Material
Causa de terminación del procedimiento consistente por causas sobrevenidas.
Caducidad
Paralización del procedimiento.
Silencio Administrativo
Sin resolución ni acuerdo.
Clases de Acto Administrativo
Acto Administrativo
Cualquier declaración de voluntad, de juicio, de conocimiento o de deseo, emanada de un sujeto de la Administración Pública en el ejercicio de una potestad administrativa distinta de la potestad reglamentaria.
Actos de Trámite
Aquellos actos administrativos que se producen a lo largo de un procedimiento administrativo antes de la resolución del procedimiento, al que no le ponen fin, sino que constituyen simples eslabones del procedimiento requeridos para alcanzar su finalización.
Actos Definitivos o Resolutorios
Aquellos actos administrativos que ponen fin al procedimiento administrativo.
Validez del Acto Administrativo
Nulidad Absoluta, Radical o de Pleno Derecho
Vicio en que incurre un acto administrativo consistente en una infracción esencial del ordenamiento jurídico, que provoca su invalidez total desde el mismo nacimiento del acto o negocio, de carácter insubsanable, oponible erga omnes e imprescriptible.
Anulabilidad
Infracción o contravención del ordenamiento jurídico, a la que el ordenamiento otorga menor trascendencia, de suerte que su consecuencia invalidante se hace depender de que el vicio de legalidad se haga efectivamente valer, de manera oportuna, mediante la impugnación.
Desviación de Poder
Ejercicio de potestades administrativas para fines distintos de los fijados por el ordenamiento jurídico.