Modelo de Contestación de Demanda en Juicio Ordinario de Mayor Cuantía:
En lo Principal:
Contesta Demanda de Resolución de Contrato.
Primer Otrosí:
Acompaña Documentos, con Citación.
Segundo Otrosí:
Patrocinio y Poder.
S.J.L. Civil de Viña del Mar (3°)
JAVIERA INÉS VALDENEGRO VALLE, cédula de identidad 9.223.345-2, domiciliada en Arturo Prat 24, Santa Inés, Viña del Mar, demandada en autos sobre RESOLUCION DE CONTRATO caratulados “SANTANDER/VALDENEGRO, ROL C-2183-2016, a US. respetuosamente digo:
Vengo en contestar la demanda de Resolución de Contrato presentada en mi contra por don JUAN ALBERTO SANTANDER MUÑOZ, ya individualizado en autos, expresando que me opongo a ella, por las consideraciones que a continuación expondré:
Los Hechos
- Con fecha 2 de mayo de 2015, ante la notario público de Viña del Mar doña Eliana Gervasio Zamudio, el actor y la suscrita celebramos un contrato de compraventa de bien raíz, conforme con el cual le compré al demandante el inmueble ubicado en calle Arturo Prat 24, Santa Inés, Viña del Mar, inscrito a mi nombre a fojas 88 número 105 del Registro de Propiedad del año 2015, del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar.
- El precio pactado fue la cantidad de 1.200 UF, que debía ser pagado en 3 cuotas iguales y sucesivas de 400 UF en la cuenta corriente del actor, los días 30 de cada mes, a contar de la fecha de la suscripción de la compraventa.
- Pues bien, he dado íntegro cumplimiento al total del precio señalado, lo que probaré en el curso de este juicio.
- Conforme con lo anterior, opongo a la demanda de autos la excepción de pago.
El Derecho
- El art. 1567 del Código Civil establece en el inciso segundo, que las obligaciones se extinguen, numeral 1°, por la solución o pago efectivo.
- El art. 1568 del CC dispone que el pago efectivo es la prestación de lo que se debe.
Por Tanto
, y en virtud de lo dispuesto en los artículos 1489 y ss., 1567 y ss., del Código Civil, 309 y ss. del Código de Procedimiento Civil y demás normas pertinentes,
Ruego a US
, tener por contestada la demanda de Resolución de Contrato presentada en mí contra por don JUAN ALBERTO SANTANDER MUÑOZ, considerando que solicito que sea rechazada conforme con los antecedentes que expuse precedentemente, con expresa condenación en costas.
Primer Otrosí:
Ruego a US. tener por acompañadas, copia autorizada de la escritura de compraventa y copia autorizada de la inscripción de dominio, referidas, ambas con citación contraria.
Segundo Otrosí:
Ruego a US. tener presente que designo patrocinante y confiero poder al abogado ANDRES SAMANIEGO SALAMANCA, domiciliado en Arlegui 230, oficina 22, Viña del Mar, a quien otorgo las facultades de ambos incisos del art. 7° del Código de Procedimiento Civil, que se dan por expresa e íntegramente reproducidas.
Modelo de Contestación de Demanda en Juicio Ordinario de Mayor Cuantía con Demanda Reconvencional
En lo Principal:
Contesta Demanda de Resolución de Contrato.
Primer Otrosí:
Acompaña Documentos, con Citación.
Segundo Otrosí:
Demanda Reconvencional.
Tercer Otrosí:
Patrocinio y Poder.
S.J.L. Civil de Viña del Mar (3°)
JAVIERA INÉS VALDENEGRO VALLE, cédula de identidad 9.223.345-2, domiciliada en Arturo Prat 24, Santa Inés, Viña del Mar, demandada en autos sobre RESOLUCION DE CONTRATO caratulados “SANTANDER/VALDENEGRO, ROL C-2183-2016, a US. respetuosamente digo:
Vengo en contestar la demanda de Resolución de Contrato presentada en mi contra por don JUAN ALBERTO SANTANDER MUÑOZ, ya individualizado en autos, expresando que me opongo a ella, por las consideraciones que a continuación expondré:
Los Hechos
- Con fecha 2 de mayo de 2015, ante la notario público de Viña del Mar doña Eliana Gervasio Zamudio, el actor y la suscrita celebramos un contrato de compraventa de bien raíz, conforme con el cual le compré al demandante el inmueble ubicado en calle Arturo Prat 24, Santa Inés, Viña del Mar, inscrito a mi nombre a fojas 88 número 105 del Registro de Propiedad del año 2015, del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar.
- El precio pactado fue la cantidad de 1.200 UF, que debía ser pagado en 3 cuotas iguales y sucesivas de 400 UF en la cuenta corriente del actor, los días 30 de cada mes, a contar de la fecha de la suscripción de la compraventa.
- Pues bien, he dado íntegro cumplimiento al total del precio señalado, lo que probaré en el curso de este juicio.
- Conforme con lo anterior, opongo a la demanda de autos la excepción de pago.
El Derecho
- El art. 1567 del Código Civil establece en el inciso segundo, que las obligaciones se extinguen, numeral 1°, por la solución o pago efectivo.
- El art. 1568 del CC dispone que el pago efectivo es la prestación de lo que se debe.
Por Tanto
, y en virtud de lo dispuesto en los artículos 1489 y ss., 1567 y ss., del Código Civil, 309 y ss. del Código de Procedimiento Civil y demás normas pertinentes,
Ruego a US
, tener por contestada la demanda de Resolución de Contrato presentada en mí contra por don JUAN ALBERTO SANTANDER MUÑOZ, considerando que solicito que sea rechazada conforme con los antecedentes que expuse precedentemente, con expresa condenación en costas.
Primer Otrosí:
En este acto interpongo demanda reconvencional en contra del actor de autos don JUAN ALBERTO SANTANDER MUÑOZ, empleado, cédula de identidad 7.345.234-3, con domicilio en Viña del Mar, calle Las Torres 24, Miraflores, fundada en los siguientes antecedentes de hecho y de derecho:
Antecedentes de Hecho:
- Con fecha 5 de enero del año 2017 entregué en mutuo al actor, mediante escritura pública suscrita ante el notario público de Viña del Mar don Raúl Tavolari Oliveros, la cantidad de 100 UF.
- En dicha escritura pactamos que el préstamo sería devuelto por el deudor en 5 cuotas iguales y sucesivas de 20 UF cada una, los días 5 de cada mes, a contar del mes de febrero de este año, mediante depósito del valor acordado, en mi cuenta número……del banco BCI de Viña del Mar.
- Ha vencido el plazo en que el Sr. Santander Muñoz debía pagarme la última cuota, esto es, el 5 de agosto de 2017, sin que la haya pagado.
Antecedentes de Derecho:
- El art. 2196 del Código Civil establece que el mutuo o préstamo de consumo es un contrato en que una de las partes entrega a la otra cierta cantidad de cosas fungibles, con cargo de restituir otras tantas del mismo género y calidad;
- El art. 1569 del CC. dispone que el pago se hará bajo todos respectos en conformidad al tenor de la obligación…
Por Tanto
, conforme con lo expuesto y lo dispuesto en la normas legales citadas, y de acuerdo con los art. 254 y SS. Del Código de Procedimiento Civil,
Ruego a US.:
tener por interpuesta demanda reconvencional de restitución de mutuo de dinero, en contra de JUAN ALBERTO SANTANDER MUÑOZ, ya individualizado, y en definitiva condenarlo al pago de la última cuota del mutuo señalado, esto es, la cantidad de 20 UF, más intereses legales y con expresa condenación en costas.
Segundo Otrosí:
Ruego a US. tener por acompañada copia autorizada de la escritura de mutuo mencionada, con citación contraria.
Tercer Otrosí:
Ruego a US. tener presente que designo patrocinante y confiero poder al abogado ALVARO DONOSO ARRIAGADA, domiciliado en Villanelo 38, oficina 33, Viña del Mar, a quien otorgo las facultades de ambos incisos del art. 7° del Código de Procedimiento Civil, que se dan por expresa e íntegramente reproducidas.