Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes: Normativa y Derechos

Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes

Objeto de la Ley

Artículo 2. Objeto de la Ley Esta Ley tiene como objeto:

  1. Establecer el Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes en la República Mexicana.
  2. Garantizar los derechos humanos de las personas adolescentes a quienes se les impute la comisión de un delito.
  3. Establecer los principios rectores del Sistema Integral de Justicia Penal.
  4. Establecer las bases, requisitos y condiciones de los mecanismos alternativos de solución de controversias.
  5. Determinar las medidas de sanción correspondientes a quienes se les compruebe la comisión de un hecho delictivo.

Interés Superior de la Niñez

Artículo 12. Interés superior de la niñez

  1. El reconocimiento de éstos como titulares de derechos.
  2. La opinión de la persona adolescente.
  3. Las condiciones sociales, familiares e individuales de la persona adolescente.
  4. Los derechos y garantías de la persona adolescente y su responsabilidad.
  5. El interés público, los derechos de las personas y de la persona adolescente.

Derechos de las Personas Sujetas a Medidas Cautelares o de Sanción Privativa de Libertad

Artículo 46. Derechos de las personas sujetas a medidas cautelares o de sanción privativa de libertad

  1. No ser privados o limitados en el ejercicio de sus derechos y garantías, sino en los términos previstos en la medida impuesta o en este ordenamiento.
  2. A que se garantice su integridad moral, física, sexual y psicológica.
  3. Ser informado sobre la finalidad de la medida cautelar y de sanción impuesta.
  4. Recibir información sobre las leyes, reglamentos u otras disposiciones aplicables.
  5. No recibir castigos corporales ni cualquier tipo de medida que vulnere sus derechos o ponga en peligro su salud física o mental.

Derechos de las Adolescentes en un Centro Especializado

Artículo 57. Derechos de las adolescentes en un Centro Especializado

  1. Tratándose de su salud, podrá solicitar que la examine personal médico de sexo femenino.
  2. Contar con las instalaciones dignas y seguras.
  3. Recibir a su ingreso al Centro Especializado, la valoración médica correspondiente.
  4. Recibir la atención médica especializada, la cual deberá brindarse en hospitales.
  5. A la maternidad, parto, puerperio y lactancia.

Especialización de los Órganos del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes

Artículo 63. Especialización de los órganos del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes

  1. Ministerio Público.
  2. Órganos Jurisdiccionales.
  3. Defensa Pública.
  4. Facilitador de Mecanismos Alternativos.
  5. Autoridad Administrativa.
  6. Policías de Investigación.

Especialización de los Operadores del Sistema Integral

Artículo 64. Especialización de los operadores del Sistema Integral

  1. Conocimientos interdisciplinarios en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes.
  2. Conocimientos específicos sobre el Sistema Integral.
  3. Conocimientos del sistema penal acusatorio, las medidas de sanción especiales.
  4. El desarrollo de habilidades para el trabajo con adolescentes.

Garantías del Ministerio Público Especializado en Justicia para Adolescentes

Artículo 66. El Ministerio Público Especializado en Justicia para Adolescentes garantiza

  1. Respeto y cumplimiento de los derechos y garantías de las personas adolescentes.
  2. Que la persona adolescente se encuentre en un lugar adecuado a su condición de persona en desarrollo.
  3. Prevenir a la persona adolescente sobre su derecho a nombrar un defensor.
  4. Informar de inmediato a los familiares, al defensor o persona en quien confíe sobre la situación de la persona adolescente.
  5. Realizar las diligencias correspondientes para comprobar la edad de la persona detenida.

Obligaciones de los Órganos de Mecanismos Alternativos

Artículo 68. Obligaciones de los Órganos de Mecanismos Alternativos

  1. Contar con el número necesario, de acuerdo a la incidencia de casos, de facilitadores que además de estar certificados.
  2. En sede judicial, deberá canalizar los casos del Sistema de Justicia para Adolescentes al Órgano de Mecanismos Alternativos.
  3. Celebrar convenios de coordinación con instituciones públicas o privadas en materia de justicia para adolescentes.
  4. Difundir los servicios que otorga en materia de justicia para adolescentes.

Funciones de los Facilitadores

Artículo 69. Funciones de los Facilitadores

  1. Cumplir con la especialización en los términos de esta Ley.
  2. Vigilar que en los mecanismos alternativos no se afecten derechos de terceros.
  3. Cumplir con los principios de los mecanismos alternativos establecidos en esta Ley.
  4. La celebración de convenios de colaboración para formar redes de apoyo.
  5. Evitar sesiones conjuntas entre víctimas u ofendidos.

Autoridad Administrativa

Artículo 71. Autoridad Administrativa

  • Área de evaluación de riesgos.
  • El Área de seguimiento y supervisión de medidas cautelares.
  • Área de seguimiento y supervisión de medidas de sanción no privativas de la libertad.
  • Área de seguimiento y supervisión de medidas de sanción privativas de la libertad.

Obligaciones Generales para las Instituciones de Seguridad Pública

Artículo 74. Obligaciones generales para las instituciones de Seguridad Pública

  1. Utilizar un lenguaje sencillo y comprensible.
  2. Abstenerse de esposar a las personas adolescentes detenidas.
  3. Hacer uso razonable de la fuerza únicamente en caso de extrema necesidad.
  4. Realizar inmediatamente el Registro de la detención.

Sistematización de la Información

Artículo 78. Sistematización de la información

Las Procuradurías, Fiscalías y los Tribunales Superiores de Justicia, las instituciones de Seguridad Pública entidades, deberán recopilar y sistematizar la información estadística del Sistema. La información estadística deberá ser pública.

Obligaciones del Instituto Nacional de Estadística y Geografía

Artículo 79. Obligaciones del Instituto Nacional de Estadística y Geografía

El Instituto recabará información estadística sobre características demográficas de las personas adolescentes que son parte del Sistema y su situación jurídica.

Registros en Materia de Seguridad

Artículo 80. Registros en materia de Seguridad

El Sistema Nacional de Información Estadística del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes compartirá los registros administrativos.

Información sobre las Personas Adolescentes Privadas de Libertad

Artículo 81. Información sobre las personas adolescentes privadas de libertad

La Encuesta Nacional de Adolescentes en el Sistema de Justicia Penal tendrá como finalidad generar información estadística que permita conocer las condiciones de procesamiento e internamiento.

RIAD

Principios Fundamentales

La prevención de la delincuencia juvenil es parte esencial de la prevención del delito en la sociedad.

Para poder prevenir eficazmente la delincuencia juvenil es necesario que toda la sociedad procure un desarrollo armonioso de los adolescentes.

Se debe centrar la atención en los niños.

Los programas preventivos deben centrarse en el bienestar de los jóvenes desde su primera infancia.

Aplicar una política progresista de prevención de la delincuencia.

Alcance de las Directrices

Prevención general

Procesos de socialización

La familia

La educación y Política social.

REGLAS DE BEIJING

Los Estados Miembros procurarán, en consonancia con sus respectivos intereses generales, promover el bienestar del menor y de su familia.

Se esforzarán por crear condiciones que garanticen al menor una vida significativa en la comunidad.

Se concederá la debida importancia a la adopción de medidas concretas que permitan movilizar plenamente todos los recursos disponibles.

La justicia de menores se ha de concebir como una parte integrante del proceso de desarrollo nacional de cada país.

Se aplicarán según el contexto de las condiciones económicas, sociales y culturales que predominen en cada uno de los Estados Miembros.

Los servicios de justicia de menores se perfeccionarán y coordinarán sistemáticamente.

Alcance de las Reglas

Mayoría de edad penal, Derechos de los menores, Protección de la intimidad, Cláusulas de salvedad.