1. Responsabilidad Social Corporativa (RSC)
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) define la RSC como una nueva forma de hacer negocios, buscando el equilibrio entre los objetivos económicos, financieros y de desarrollo, y el impacto social y ambiental de sus actividades.
El Libro Verde de la Comisión Europea la define como la integración voluntaria, por parte de las empresas, de las preocupaciones sociales y medioambientales en sus operaciones comerciales y en las relaciones con su entorno.
El Consejo Mundial de Desarrollo Sostenible la describe como el compromiso continuo de las empresas de comportarse éticamente y contribuir al desarrollo económico, así como al de la comunidad local y la sociedad en general.
1.1. Ventajas de una política de RSC
- Mejora la imagen de la empresa.
- Incrementa el compromiso de los empleados.
- Potencia la lealtad de los clientes.
- Establece relaciones más estables con los proveedores.
- Favorece una mayor credibilidad ante las instituciones y la sociedad.
1.2. Ámbitos de aplicación de la RSC
1.2.1. Aspectos económico-financieros y de gestión
El objetivo es la rentabilidad económica alcanzada de forma sostenible, en armonía con el medio natural y social, y con total transparencia informativa en su gestión.
1.2.2. Aspectos medioambientales
Las empresas juegan un papel crucial tratando de reducir y limitar el impacto ambiental de sus procesos productivos.
1.2.3. Aspectos sociales
El objetivo es que la empresa contribuya al desarrollo y beneficio social de su entorno, satisfaciendo las expectativas de sus stakeholders.
1.3. Indicadores de RSC
El balance social o informe de sostenibilidad es un instrumento de gestión para planificar, organizar, registrar, controlar y evaluar, cuantitativa y cualitativamente, la gestión de la RSC en una empresa, en un periodo determinado y frente a metas preestablecidas.
2. Normativa sobre RSC
2.1. Normativa internacional
- Pacto Mundial de las Naciones Unidas: Instrumento voluntario basado en diez principios que demuestran el compromiso ético de la empresa firmante.
- OCDE: Declaración sobre Inversiones Internacionales y Empresas Multinacionales (Directrices para Empresas Multinacionales) que fomenta actuaciones responsables en las comunidades donde operan.
- Banco Mundial: Programa sobre responsabilidad social empresarial (1999).
2.2. Normativa de la Unión Europea
- Libro Verde de la Comisión Europea.
- Comunicación: Una contribución empresarial al desarrollo sostenible (2002).
- Puesta en práctica de la asociación para el crecimiento y el empleo: hacer de Europa un polo de excelencia de la responsabilidad social de las empresas (2006).
2.3. Normativa nacional
- Libro Blanco de la RSC.
- RD 221/2008, de febrero, por el que se crea y regula el Consejo Estatal de Responsabilidad Social de las Empresas.
- Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible y RSC.
3. Políticas de Recursos Humanos y RSC
Dos bloques principales:
- Respeto por los derechos humanos y laborales, y compromiso contra la explotación laboral (en países en desarrollo).
- Consolidación de un empleo de calidad y búsqueda de condiciones de trabajo que motiven y formen a los trabajadores.
3.1. Respeto de los derechos humanos y laborales
Se refiere al respeto de los derechos humanos y laborales reconocidos por la ONU y la OIT, especialmente en países en desarrollo, procurando abolir el trabajo forzoso, incluso en la cadena de valor (filiales, franquicias, socios comerciales, proveedores y subcontratas).
3.2. Condiciones satisfactorias de trabajo
En los países occidentales, las condiciones de trabajo se negocian en convenios colectivos. Líneas de acción:
- Sistema de contratación que permita la estabilidad laboral.
- Niveles adecuados de retribución.
- Jornadas de trabajo no abusivas, con periodos de descanso y vacaciones satisfactorios.
3.3. Igualdad de oportunidades y no discriminación
La Ley Orgánica 3/2007 de Igualdad efectiva entre hombres y mujeres incluye la igualdad de género como RSC, incentivando medidas para promover la igualdad. Establece la creación de un Plan de Igualdad en empresas de más de 250 trabajadores, cuando lo establezca el convenio o la autoridad laboral.
3.4. Conciliación de la vida laboral y familiar
La Ley de Conciliación de la Vida Laboral y Familiar (1999) introdujo medidas como reducciones de jornada (hasta un octavo y medio) con disminución proporcional del salario. Medidas que fomentan la conciliación:
- Premiar la natalidad.
- Fomentar el teletrabajo.
- Jornadas flexibles.
- Guarderías en las oficinas.
3.5. Formación y promoción profesional
Formación: La empresa debe favorecer la formación de los empleados, con un departamento que planifique e imparta un programa completo, enfocado en habilidades profesionales, polivalencia y prevención de riesgos laborales, en formatos accesibles y utilizando nuevas tecnologías.
Promoción profesional: Fijar expectativas razonables de progreso profesional y desarrollar un plan de carrera para cada trabajador, priorizando la promoción interna.
3.6. Prevención de riesgos laborales
La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales establece una red de normas reglamentarias. Se mejora mediante:
- Programas formativos adecuados.
- Medidas para evitar daños a los trabajadores.
- Comité de seguridad y salud.
- Convenios en materia preventiva.
- Protocolos de seguridad.
3.7. Integración de personas con dificultades de inserción laboral
La empresa debe favorecer la contratación de colectivos con dificultades de inserción laboral, adaptando el puesto de trabajo a sus necesidades.
4. Código de Conducta y Buenas Prácticas
El código de conducta refleja las buenas prácticas de la empresa socialmente responsable y forma parte de la política de RSC. Recoge el compromiso voluntario de la empresa y sus empleados con determinados comportamientos y conductas, siendo una herramienta básica de la actuación socialmente responsable.
Ejemplo: Nestlé S.A.
- Respetamos la ley en todo momento.
- Decisiones justas y objetivas.
- Libre competencia.
- Fomentamos la diversidad.
- No al soborno y a la corrupción.
- Protegemos la información.