La Huelga en España
Derecho Fundamental
La huelga es un derecho fundamental de los españoles recogido en la Constitución.
Procedimiento para la Declaración de Huelga
Nuestro ordenamiento jurídico fija los límites de la huelga y establece la forma en que ha de ejercitarse. El procedimiento para su declaración es el siguiente:
- Con independencia del ámbito de la huelga, para la declaración de la misma se exige la adopción de un acuerdo expreso. Puede acordar la declaración de huelga los propios trabajadores que vayan a declararse en huelga o sus representantes, que deben adoptar el acuerdo por mayoría, o los sindicatos con implantación en el ámbito laboral al que afecta la huelga.
- El acuerdo de huelga deberá ser comunicado a la autoridad laboral y al empresario o empresarios, mediante un escrito en el que se especifiquen los objetivos de la misma, las gestiones realizadas para resolver el conflicto, la fecha de su inicio y la composición del comité de huelga.
- El comité de huelga es el órgano que tiene como misión realizar las actuaciones que sean necesarias para la solución de la huelga. Está formado por un máximo de 12 miembros, todos ellos trabajadores del centro de trabajo, empresa o empresas afectadas, y que serán elegidos por sus compañeros.
- La notificación será escrita y con un plazo de preaviso de al menos 5 días naturales respecto al inicio. Este plazo se elevará a 10 días cuando la huelga afecte a empresas de servicios públicos.
Efectos de la Huelga
La huelga legal tiene los siguientes efectos sobre los trabajadores y empresarios:
- Durante la huelga se suspende el contrato de trabajo y los trabajadores no tendrán derecho a percibir el salario.
- Los trabajadores en huelga permanecerán en situación de alta especial en la Seguridad Social, con suspensión de la obligación de cotizar, por parte del empresario y del trabajador.
- El empresario no puede sustituir a los huelguistas por trabajadores que no estuviesen vinculados a la empresa al notificarse la huelga.
- Debe respetarse la libertad de trabajo de quienes no quieran sumarse a la huelga.
- El comité de huelga ha de garantizar los servicios necesarios para la seguridad de las personas y las cosas, así como el mantenimiento de los locales, maquinaria, instalaciones, materias primas, etc.
- Las partes en conflicto tienen el deber de negociación continua desde el momento del preaviso y durante todo el desarrollo de la huelga, con el fin de que los representantes de ambas partes puedan alcanzar un pacto que ponga fin a la huelga.
Huelga Ilegal
Cuando la huelga es ilegal, su ejercicio puede ocasionar sanciones para los trabajadores, que pueden ir desde la indemnización por los daños y perjuicios ocasionados al empresario hasta el despido.