La Constitución de Cádiz de 1812: Un Hito en el Liberalismo Español
La Junta Suprema Central, incapaz de dirigir la Guerra de Independencia, se disolvió, dando paso a la convocatoria de las Cortes en 1810. Representantes de cada junta provincial se reunieron para decidir el destino de la junta central. Paralelamente, se realizó una “consulta al país” sobre las reformas necesarias, reflejando un clamor popular contra el poder absoluto del monarca, especialmente tras la gestión de Carlos IV.
El Nacimiento de las Cortes y la Soberanía Nacional
La primera reunión de las Cortes en septiembre de 1810 marcó un triunfo para el liberalismo con la formación de una cámara única. En su primera sesión, aprobaron el principio de soberanía nacional, reconociendo que el poder reside en los ciudadanos representados por las Cortes.
La Constitución de 1812: “La Pepa”
Una comisión de las Cortes preparó un proyecto de constitución que, tras ser debatido, fue promulgado el 18 de marzo de 1812, día de San José, popularmente conocida como “La Pepa”. Este texto, de 384 artículos, mezclaba ideas absolutistas y liberales, influenciado por la Guerra de Independencia. La constitución incluía una declaración de derechos del ciudadano, garantizando la libertad de pensamiento y opinión, la igualdad ante la ley, el derecho a la propiedad privada y el reconocimiento de los derechos legítimos de los españoles. La nación se definía como el conjunto de ciudadanos de la península y las colonias americanas.
Estructura del Estado y División de Poderes
La estructura del Estado se basaba en una monarquía limitada y en la división de poderes, en contraposición al derecho divino del absolutismo. El poder legislativo residía en las Cortes unicamerales, que representaban la voluntad nacional y tenían facultades como la elaboración de leyes, la aprobación de presupuestos y el mando sobre el ejército. Este sistema era más liberal debido a la situación de guerra.
El Rechazo de Fernando VII y el Retorno al Absolutismo
Tras su regreso al trono, Fernando VII rechazó la constitución, reinstaurando el absolutismo hasta 1820. El mandato de los diputados era de dos años y solo podían ser varones. El poder ejecutivo residía en el monarca, cuyas decisiones debían ser corroboradas por los ministros. El poder judicial era exclusivo de los tribunales, estableciendo principios básicos de un Estado de derecho.
Otras Disposiciones Constitucionales
Otros artículos constitucionales planteaban la reforma de impuestos y Hacienda, la creación de un ejército nacional, el servicio militar obligatorio y la implantación de una enseñanza primaria, pública y obligatoria. El territorio se dividió en provincias, dirigidas por diputaciones provinciales, y se estableció la formación de ayuntamientos y la creación de la Milicia Nacional.
Compromisos y Reformas Liberales
La constitución reflejaba compromisos entre absolutistas y liberales, como la confesionalidad católica del Estado. Además, las Cortes de Cádiz aprobaron leyes y decretos para eliminar el Antiguo Régimen y establecer un régimen liberal. Se suspendieron los señoríos jurisdiccionales, transformando a los señores en propietarios de las tierras, y se eliminó el mayorazgo. Se abolió la Inquisición y se aprobó la libertad de imprenta, aunque con restricciones religiosas. Finalmente, se anularon los gremios y se unificó el mercado. Este primer liberalismo marcó las bases para la modernización de España.