Evolución Político-Jurídica del Franquismo: Leyes Fundamentales y Consolidación del Régimen (1938-1969)
Nos encontramos ante cinco documentos de carácter político-jurídico que abarcan la primera mitad del régimen franquista. Esta dictadura fue el resultado de la caída definitiva de la Segunda República el 1 de abril de 1939, tras tres años de sangrienta Guerra Civil que enfrentó a republicanos y sublevados. El régimen, en sus casi cuarenta años de existencia, se mantuvo siempre como una férrea dictadura caracterizada por la feroz represión a sus opositores.
El franquismo nació como una dictadura inspirada en el modelo fascista italiano, en el cual sólo se permitió la existencia de un partido único, FET y de las JONS, y un único sindicato. Franco, “Caudillo de España por la gracia de Dios”, concentraba todos los poderes en su persona, ya que era jefe de Estado, generalísimo de los ejércitos y jefe nacional del partido único.
El Nuevo Estado: Documento 1
Este nuevo estado es definido por el general en el documento uno, en conmemoración de los dos años del “Alzamiento Nacional” (eufemismo empleado para evitar utilizar “guerra”), como “misional y totalitario” frente a la “irresponsabilidad política de los partidos liberales” de la II República. En este nuevo Estado, el régimen se compromete a “orientar al pueblo”, ya que se ve “amenazado por los principios rojo-comunistas”, refiriéndose a los republicanos que habían sido apoyados por el régimen comunista de la Unión Soviética, “borrando los prejuicios de la lucha de clases” (lucha en contra de la burguesía defendida por Marx). Volvemos a ver otro eufemismo en la palabra “cruzada”, empleada sobre todo en estos años siguientes por la Iglesia con la intención de dar al pueblo la imagen de “guerra como depuración de herejes, impíos”. La concepción de unidad del general es observada en el documento; como medio para “soldar al pueblo” que se halla “dividido por los partidos”, será preciso un Estado centralizado.
Nacionalsindicalismo y Unidad Sindical: Documento 2
Con la victoria en la guerra del bando franquista en 1939, se abre un largo periodo de dictadura dirigida por Franco de carácter totalitarista. Una de las primeras Leyes Fundamentales se estableció en 1938 y fue el Fuero del Trabajo, que era un “reflejo fiel de la organización política del Nuevo Estado” (que tomaba por modelo la legislación fascista italiana). Esta ley regulaba las relaciones laborales y sentaba las bases del nacionalsindicalismo (ideología obrerista de inspiración fascista y anarcosindicalista de carácter antiparlamentario y contrario a los partidos políticos, que defiende un estado totalitario articulado por un sindicato único y vertical). La Ley de Unidad Sindical de 1940, a la que hace alusión el documento dos, establecía que “habrá… una sola orden de sindicatos, en los cuales serán encuadrados todos los factores de la economía por ramas de producción o servicios” y que empresarios y trabajadores se integrarían en una organización sindical bajo el mando de FET y de las JONS, “la única reconocida con personalidad suficiente por el Estado”.
Las Cortes Franquistas: Documento 3
En 1942 se promulga la segunda de las Leyes Fundamentales, la Ley Constitutiva de las Cortes, que establece que las Cortes, como se recoge en el documento tres, “son el órgano superior de participación de los españoles en las tareas del Estado”. Las Cortes tenían un carácter deliberante y consultivo, ya que “la suprema potestad de dictar las normas jurídicas” correspondía al Jefe del Estado, Franco. Entre sus miembros, denominados “procuradores” y designados por el poder, estaban: ministros, miembros del partido y sindicato, alcaldes, rectores de universidades y representantes de la Iglesia.
Aislamiento Internacional y Cambios Cosméticos: Documento 4
Durante la Segunda Guerra Mundial, España adoptó una posición de neutralidad; con la victoria alemana sobre Francia, pasó a un estado de no beligerancia (situación que significaba un claro apoyo diplomático y económico a las potencias del Eje), pero a partir de 1943, España volvió a la neutralidad. Con la derrota del fascismo europeo, la dictadura franquista se encontró en una situación delicada, con una etapa de aislamiento y rechazo internacional. El régimen fue condenado por la ONU y las embajadas abandonaron Madrid.
Con la intención de ocultar el carácter fascista del régimen, se llevaron a cabo una serie de cambios, pues el régimen se vio forzado a promulgar nuevas Leyes Fundamentales que le congraciasen con los aliados. De este modo, en 1945, se promulga la Ley de Referéndum Nacional, en la cual el jefe de Estado podía someter a consulta popular las cuestiones que considerase oportunas, y el Fuero de los Españoles, al que hace alusión el documento cuatro, y por el que se reconocía a los españoles como titulares de derechos (algunos de carácter individual como la libertad de opinión, residencia y reunión, y otros de carácter social como el derecho a la educación, seguro social de enfermedad y accidentes…) y deberes, aunque limitados por el “servicio fiel a la Patria, lealtad al Jefe del Estado y obediencia a las leyes” (art. 2). En dicho Fuero, además, se establecía “la profesión y práctica de la religión católica” (art. 6) y la participación política de todos los españoles “a través de la familia, el municipio y el sindicato” (art. 10). Es decir, un mero circunloquio para fingir suavizar el carácter autoritario del régimen, pues los españoles podrán expresar libremente sus ideas si estas “no atentan contra los principios fundamentales del régimen”.
La Ley de Sucesión y la Consolidación Internacional
En 1947, año en que se inicia la Guerra Fría y la división del mundo en bloques, se promulga una nueva Ley Fundamental, la Ley de Sucesión a la Jefatura del Estado, que definía a España como un Reino y la elección del futuro rey, que debía jurar las leyes del Movimiento, quedaba en manos de Franco. Al mismo tiempo, se creaban dos nuevas instituciones: el Consejo de Regencia (que actuaba en caso de falta o ausencia del jefe de Estado) y el Consejo del Reino (que asesoraba al jefe de Estado en asuntos relacionados con la sucesión). Se produce un cambio en la política internacional, ya que a partir de 1950 España comienza a ser aceptada en los organismos internacionales (FAO, ONU…).
Los Pilares del Régimen: Documento 5
En 1953, Franco obtuvo el definitivo reconocimiento internacional del régimen con la firma de los acuerdos con EEUU y un concordato con la Santa Sede. En consecuencia, el franquismo quedaba legitimado por la máxima autoridad política y militar occidental y por la principal autoridad religiosa católica. Un reflejo de esta consolidación fue la promulgación en 1958 de la Ley Fundamental de Principios del Movimiento Nacional, que establece los principios inmutables y permanentes del régimen: unidad de España, condición de reino católico, y unidades naturales de la vida social: familia, municipio y sindicato.
Así, los pilares básicos del régimen se reducían a tres, como observamos en el documento cinco:
- El Ejército, que participó activamente en el poder (sobre todo hasta los años 60).
- El partido único FET y de las JONS, que dotó al régimen de sus bases ideológicas.
- La Iglesia católica.
Entre sus apoyos sociales destacaban las élites económicas y sociales, y coexistían en él una serie de “familias” (falangistas, carlistas, ultracatólicos y monárquicos alfonsinos). El exfalangista Dionisio Ridruejo, que fue posteriormente represaliado por el régimen, expresa en su obra Escrito de España en 1962 que estos grupos “repusieron los poderes antiguos, destruyendo aquellos otros que los amenazaban”. Es decir, que cuando fueron derogadas las leyes republicanas, se volvieron a establecer los privilegios de la Iglesia y de los grupos económicos fuertes que habían sido perdidos tras la llegada al gobierno de la República del Frente Popular.
La Ley Orgánica del Estado y el Final del Régimen
Podemos concluir con que la institucionalización definitiva del régimen se produce con la promulgación de la Ley Orgánica del Estado de 1967, que se creó pensando en asegurar el futuro de la dictadura. Era una refundición de las leyes anteriores, pero eliminando el lenguaje fascista. En ella se separaban las figuras del Jefe del Estado y del Gobierno, se aumentaban las funciones del Consejo del Reino para condicionar al futuro rey, las Cortes incrementaban el número de procuradores y se contemplaba la posibilidad de crear asociaciones políticas, siempre que acatasen los principios del Movimiento. Esta ley fue presentada como la “definitiva Constitución española”.
El 22 de julio de 1969, Franco propuso a las Cortes a Don Juan Carlos como su sucesor y, al día siguiente, este juraba ante las mismas los principios del Movimiento y las demás Leyes Fundamentales, con la finalidad de crear una monarquía que garantizase el funcionamiento de las instituciones franquistas tras la muerte del dictador.