La Constitución de 1812: El Legado Liberal de las Cortes de Cádiz

Introducción

En 1807, Godoy firmó con Napoleón el Tratado de Fontainebleau, el cual permitía a las tropas francesas su paso por España para conquistar Portugal. Con este pretexto, Napoleón dispuso sus tropas en distintas partes de España. El descontento ante la situación y el rechazo hacia la política de Godoy provocaron en 1808 el Motín de Aranjuez. Carlos IV comunicó lo ocurrido a Napoleón y reclamó su ayuda para recuperar el trono. Napoleón aprovechó las rencillas internas de la familia real española para atraer a la ciudad francesa de Bayona a Carlos IV y a Fernando VII y logró que le cedieran el trono español. Nombró entonces rey de España a su hermano José.

Durante los años de la Guerra de la Independencia tuvo lugar el proceso revolucionario político de las Cortes de Cádiz, que significó la ruptura con el absolutismo y el hundimiento del Antiguo Régimen. Al haber renunciado al trono Carlos IV y Fernando VII en Bayona, fue el pueblo español el que recogió la soberanía vacante en un acto completamente revolucionario. De esta forma, cuando el rey volviera a España, debería aplicar las nuevas leyes elaboradas por los que habían luchado para que volviera.

1. Inicio del proceso revolucionario: Las Juntas

En los territorios en los que triunfaron los rebeldes antifranceses, se crearon juntas locales, con un nuevo compromiso político, que incluyeron a representantes del pueblo y se integraron en juntas supremas provinciales. Las Juntas ejemplifican la participación espontánea de los españoles en la guerra. En septiembre de 1808 se creó la Junta Suprema Central, que estableció primero su sede en Aranjuez y después se trasladó a Sevilla y Cádiz obligada por el avance de las tropas de Napoleón. La obra de la Junta Central fue gobernar el país y dirigir la resistencia militar contra los franceses y organizar un ejército. Floridablanca (su primer presidente) y Jovellanos serán sus personajes más ilustres. A finales de enero de 1810, la Junta Central se autodisolvió, pero no sin antes haber convocado a Cortes extraordinarias en Cádiz. Del mismo modo, se organizó una “consulta del país” sobre las reformas a realizar en las Cortes.

2. Las Cortes de Cádiz

Las Cortes de Cádiz se reunieron en el último trozo de tierra libre de la Península, cuando casi todo el territorio estaba ocupado por los franceses. El ambiente liberal de la ciudad influyó en que gran parte de los elegidos tuvieran simpatía por esta ideología. Su duración fue de tres años (desde septiembre de 1810 a septiembre de 1813). Las Cortes estaban formadas por unos 300 diputados: hay un predominio de las clases medias urbanas. Pronto aparecieron entre los diputados tres grandes tendencias:

  • Los liberales, que dominaron los debates e influyeron decisivamente en toda la labor de las Cortes.
  • El grupo de los absolutistas o “serviles”, que se pronunciaron a favor de la defensa del viejo absolutismo monárquico.
  • Los Jovellanistas, que admitían la situación de modo provisional.

Los dos objetivos principales de las Cortes de Cádiz fueron reformar las instituciones políticas, económicas y jurídicas españolas y redactar una Constitución.

3. La Constitución de 1812

Fue promulgada el 19 de marzo de 1812 y es conocida como “La Pepa”; presenta el compromiso existente entre los sectores de la burguesía liberal y los absolutistas. Es una Constitución larga y rígida, y sus principios fundamentales son:

  1. Soberanía nacional: El poder reside en la nación en su conjunto.
  2. División de poderes: La estructura del Estado es una monarquía limitada con división estricta de poderes:
    • La Constitución confía el poder legislativo a unas Cortes unicamerales, que representan la voluntad nacional y poseen amplios poderes.
    • El poder judicial.
    • El poder ejecutivo. El rey poseía un veto suspensivo transitorio durante dos años; después, era obligado a aceptar la ley aprobada en las Cortes.
  3. Derecho de representación: Los diputados representaban a todos los españoles y no a los estamentos; en el régimen representativo liberal, la soberanía nacional es ejercida en la práctica por las personas. Los diputados se nombraban mediante un procedimiento electoral por sufragio universal indirecto.
  4. Declaración de igualdad de todos los ciudadanos ante la ley: Fin de las diferencias estamentales.
  5. Reconocimiento de derechos individuales: Libertad de pensamiento y opinión, de imprenta, inviolabilidad del domicilio, derecho a la libertad y a la propiedad.
  6. La proclamación del catolicismo como única confesión permitida: No se reconoce la libertad de culto.
  7. Se define la nación como el conjunto de todos los ciudadanos de ambos hemisferios: Peninsulares y colonias americanas.

4. La obra reformadora de las Cortes de Cádiz

Se llevó a cabo mediante una serie de decretos y leyes emanados de la Constitución. El objetivo era eliminar el Antiguo Régimen e implantar un Estado liberal. Destacan la libertad de expresión y de imprenta, la abolición del régimen señorial y de los señores jurisdiccionales, la abolición de los mayorazgos. También se inició la desamortización con el fin de recaudar capitales para cubrir la deuda pública, una abolición del régimen gremial, la desaparición de los privilegios de la Meseta, la igualdad de todos los ciudadanos ante los impuestos y la supresión de la Inquisición (1813) y de la tortura.

5. Conclusión

La obra se enfrenta a las ideas y hombres franceses; un grupo de ilustrados y liberales pretende implantar unas reformas basadas en las ideas francesas. La Constitución de 1812 constituye un ejemplo de constitución liberal que sirvió para fijar los principios del liberalismo español. Sin embargo, la obra legislativa de Cádiz no tuvo gran incidencia práctica. La Constitución tuvo tres periodos de vigencia: marzo de 1812-marzo 1814, enero 1820-noviembre 1823, agosto 1836-junio 1837.