Constitución de 1931
Localización
Texto de naturaleza jurídica. Es la Constitución de 1931, de carácter democrático, resultado de un proceso constituyente iniciado el 28 de junio de 1931 con unas elecciones a Cortes en las que la conjunción republicano-socialista obtuvo una aplastante mayoría. Estas Cortes, claramente inclinadas hacia la izquierda, asumen como primera tarea la redacción de una nueva constitución, que vendrá a sustituir a la de la Restauración de 1876 y que será aprobada por las Cortes el 9 de diciembre del mismo año.
Ideas fundamentales
- Forma de gobierno: República democrática. Artículo 1º. Se crea un Estado central fuerte, capaz de aplicar reformas democráticas.
- Soberanía: Reside en la nación. Artículo 1º: “Los poderes emanan del pueblo”.
- Organización de poderes:
- Ejecutivo: en manos del gobierno que es responsable y responde ante las Cortes. El ejecutivo lo designa el presidente de la República que tiene la facultad de disolver las Cortes dos veces y cuyo mandato durará 6 años.
- Legislativo: Cortes, compuestas por una sola cámara, el Congreso de los Diputados, tienen la potestad legislativa y son elegidas por Sufragio Universal.
- Artículo 1º. Se definen las regiones autónomas como aquellos territorios con características históricas, culturales… comunes que quieren organizarse como núcleo político-administrativo dentro del Estado Español con un Estatuto de autonomía.
- Artículo 2º. Libertad de expresión.
- Artículo 3º. Se disuelven todas las órdenes religiosas que profesen el 4º voto de obediencia a otra autoridad que no sea la del Estado. Supone la disolución de la orden de los Jesuitas.
- Artículo 11. Se establecen las condiciones y el procedimiento para la aprobación del Estatuto.
- Artículo 12:
- Que sea propuesto por la mayoría de los Ayuntamientos.
- Que lo acepten las 2/3 partes del electorado.
- Que lo aprueben las Cortes.
- Prevalecerá el derecho del Estado sobre el autonómico, siempre que no se tenga competencia exclusiva.
- Artículo 51. Organización territorial del Estado. Se crea un Estado integral fuerte compatible con las autonomías regionales.
Contexto histórico
Es una constitución inspirada en el modelo francés, redactada por unas Cortes en las que la mayoría es de izquierdas, es por tanto un texto democrático que confirma la creación de un Estado laico fuerte, capaz de aplicar reformas democráticas.
Las relaciones Iglesia-Estado provocaron los debates más apasionados y también la primera crisis de gobierno: los diputados de la derecha abandonaron el gobierno y Alcalá Zamora y Maura dimitieron, pasando a ser el nuevo jefe de gabinete, el ministro de la guerra, Manuel Azaña. Se aprobó el 9 de diciembre de 1931 y estará en vigor hasta el final de la guerra y comienzo de la dictadura.
Valoración
España es una República democrática. La soberanía reside en la Nación, representada por unas Cortes unicamerales que tienen la potestad legislativa y son elegidas por sufragio universal. Se organiza territorialmente el Estado como un Estado autonómico. Se recogen amplios derechos y libertades: culto, expresión, asociación…