La Transición Española: Del Franquismo a la Democracia y la Constitución de 1978

Introducción

Como propuesta de examen, he elegido la opción A, cuyo título es ‘El proceso de transición a la democracia y la Constitución de 1978’. Para facilitar el desarrollo del tema, se nos ofrecen dos documentos: el primero […] y el segundo […].

Antecedentes de la Transición

Pero para poder desarrollar el tema con claridad, hemos de remontarnos a unos antecedentes. Primero, aclaremos el término transición política: es el proceso de desmantelamiento de la dictadura franquista y su sustitución por un régimen democrático. Esta comienza con la muerte de Francisco Franco en noviembre de 1975 y termina con la aprobación de la Constitución en diciembre de 1978.

Hay otras dos fechas importantes que habría que citar:

  • En 1969 se aprueba la Ley de Sucesión, por la que Juan Carlos I se convierte en sucesor a título de Rey.
  • En 1973 fue asesinado Carrero Blanco, eliminando así a quien podía haber sido el continuador del régimen franquista.

Posteriormente, en 1982, el PSOE llega al poder, consolidando la alternancia política como signo de estabilidad democrática. Cabe mencionar que en 1978 aún quedaban cuestiones que podían poner en peligro dicha estabilidad, como la crisis económica.

Contexto Inicial de la Transición

Contexto Económico

En el aspecto económico, en 1975 España se encontraba entre los 12 países más industrializados del mundo.

Contexto Político y Social

En cuanto a la política, dos días después de la muerte de Franco, el 22 de noviembre de 1975, Juan Carlos I fue proclamado Jefe de Estado.

Arias Navarro, como presidente del Gobierno, nombró un nuevo gabinete con figuras como José María de Areilza y Manuel Fraga. Sin embargo, este gobierno se limitó a aprobar una Ley de Asociación Política que no daba cabida real a los partidos políticos.

Durante este periodo inicial, fue la oposición la que tomó la iniciativa, impulsando movilizaciones bajo la consigna de ‘ruptura democrática’. Proponían un proceso constituyente que incluía la formación de un gobierno provisional, la convocatoria de elecciones libres y la elaboración de una nueva Constitución por unas Cortes constituyentes.

La Junta Democrática, constituida en torno al PCE en 1974, y la Plataforma de Convergencia Democrática, formada en 1975 con el PSOE como eje principal, se unieron formando la Coordinación Democrática (conocida popularmente como ‘Platajunta’).

En el ámbito social, las huelgas y manifestaciones crearon un clima de tensión que afectó notablemente las decisiones del gobierno de Arias Navarro.

Estos conflictos tenían a menudo un origen económico, pero estaban intrínsecamente ligados a la situación política. Un ejemplo de la tensión fue el enfrentamiento entre grupos carlistas que provocó dos muertos en Montejurra en mayo de 1976.

En el verano de 1976, existían diferentes posturas dentro del régimen: un sector inmovilista, conocido como el ‘búnker’, no aceptaba ninguna reforma significativa. Otro sector, más aperturista, optó por promover una reforma controlada que partiera de las propias leyes franquistas, buscando evitar la ruptura que propugnaba la oposición.

El Gobierno de Adolfo Suárez y la Reforma Política

El 30 de junio de 1976, Arias Navarro dimitió, en parte forzado por el Rey, quien buscaba impulsar un cambio más decidido para estabilizar la monarquía. Adolfo Suárez fue nombrado presidente del Gobierno, marcando un cambio en el clima político: se observó una mayor tolerancia policial en las manifestaciones y se aprobó una amnistía inicial, aunque limitada.

La Ley para la Reforma Política (LRP)

En septiembre de 1976, Suárez presentó el proyecto de la Ley para la Reforma Política (LRP). Este breve texto:

  • Proclamaba la democracia como forma de gobierno.
  • Preveía la transformación de las Cortes franquistas en un sistema bicameral (Congreso y Senado) elegido por sufragio universal.
  • Anunciaba la convocatoria de elecciones generales con la participación de partidos políticos.

Este proyecto debía ser aprobado por el Consejo Nacional del Movimiento y por las propias Cortes orgánicas franquistas. Varias razones explican el sorprendente apoyo que recibió:

  1. El apoyo decidido del Rey Juan Carlos I.
  2. La presión generalizada de la opinión pública y las movilizaciones sociales.
  3. La conciencia creciente en la clase política franquista de que el régimen había llegado a su fin.
  4. La percepción de que el cambio político era oportuno para los intereses de España en el contexto occidental.
  5. Las garantías ofrecidas por Suárez a los sectores más inmovilistas.

La LRP fue sometida a referéndum el 15 de diciembre de 1976 y aprobada con un 77,4% de votos favorables.

Desafíos y Legalización del PCE

Los meses siguientes no estuvieron exentos de graves dificultades:

  • En enero de 1977, la intensificación de las actividades terroristas (ETA, GRAPO y grupos de extrema derecha) creó un clima de gran tensión, haciendo temer una involución política (los sucesos conocidos como la ‘semana negra’ de Madrid).
  • En abril de 1977, durante la Semana Santa (el llamado ‘Sábado Santo Rojo’), Suárez tomó la audaz decisión de legalizar al Partido Comunista de España (PCE).

Configuración del Sistema de Partidos

Estos meses también fueron cruciales para la configuración del sistema de partidos que concurriría a las primeras elecciones democráticas:

  • Alianza Popular (AP): Liderada por Manuel Fraga, aglutinaba a antiguos dirigentes franquistas (representando al llamado ‘franquismo sociológico’).
  • Unión de Centro Democrático (UCD): Coalición de centro-derecha formada en torno a Adolfo Suárez, que resultaría vencedora.
  • Partido Socialista Obrero Español (PSOE): Renovado y liderado por Felipe González.
  • Partido Comunista de España (PCE): Liderado por Santiago Carrillo.
  • Partidos nacionalistas: Como el Pacte Democràtic per Catalunya (liderado por Jordi Pujol) en Cataluña o el Partido Nacionalista Vasco (PNV) y Euskadiko Ezkerra en el País Vasco.

Las Elecciones de 1977 y el Proceso Constituyente

En las elecciones generales celebradas el 15 de junio de 1977, las primeras libres desde 1936:

  • La UCD fue la fuerza más votada, confirmando el liderazgo de Adolfo Suárez.
  • El PSOE, con Felipe González y Alfonso Guerra al frente, se consolidó como la principal fuerza de la izquierda y la segunda fuerza política.
  • Alianza Popular (precedente del actual PP) obtuvo un resultado discreto, quizás percibida por el electorado como demasiado continuista con el franquismo.
  • El PCE obtuvo un resultado por debajo de las expectativas, a pesar de su destacado papel en la lucha contra la dictadura. Entre sus diputados figuraban personalidades como Rafael Alberti o Dolores Ibárruri ‘La Pasionaria’.

La Elaboración de la Constitución de 1978

El equilibrio de fuerzas resultante de las elecciones, con un peso significativo de la izquierda, llevó a Suárez a priorizar la elaboración de una nueva Constitución. Se optó por buscar el consenso entre las principales fuerzas políticas para evitar la inestabilidad y los enfrentamientos partidistas que caracterizaron la historia constitucional española del siglo XIX.

Para redactar el borrador del texto constitucional, se creó una Ponencia Constitucional en el Congreso de los Diputados, compuesta por siete miembros:

  • 3 representantes de UCD (Gabriel Cisneros, Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón, José Pedro Pérez-Llorca).
  • 1 representante del PSOE (Gregorio Peces-Barba).
  • 1 representante del PCE-PSUC (Jordi Solé Tura).
  • 1 representante de AP (Manuel Fraga).
  • 1 representante de la Minoría Catalana (Miquel Roca).

Características Principales de la Constitución de 1978

La Constitución, aprobada en referéndum el 6 de diciembre de 1978, presenta las siguientes características destacadas:

  • Es una constitución larga y relativamente rígida, con un procedimiento complejo para su reforma.
  • Título Preliminar: Define a España como un Estado social y democrático de Derecho, cuya forma política es la Monarquía Parlamentaria. Proclama la unidad de la Nación española pero reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones.
  • Título I (De los derechos y deberes fundamentales):
    • Establece la aconfesionalidad del Estado, aunque menciona las relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y otras confesiones.
    • Contiene una amplia y detallada declaración de derechos y libertades.
    • Abordó asuntos polémicos como la abolición de la pena de muerte (salvo en tiempo de guerra) y dejó abierta la regulación del aborto a legislación posterior.
  • Título II (De la Corona):
    • Define el papel del Rey como Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, con funciones principalmente representativas y simbólicas, arbitrales y moderadoras.
  • Título III (De las Cortes Generales):
    • Establece un poder legislativo bicameral: Congreso de los Diputados y Senado.
    • Introduce la figura de las Leyes Orgánicas para materias de especial importancia, que requieren mayoría absoluta en el Congreso para su aprobación.
  • Título VIII (De la Organización Territorial del Estado):
    • Diseña el Estado de las Autonomías, buscando un equilibrio entre la unidad del Estado, las reivindicaciones de los nacionalismos históricos (Cataluña, País Vasco, Galicia) y el sentimiento regionalista emergente.
    • Establece un reparto de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas.
    • Define dos vías principales de acceso a la autonomía (artículos 143 y 151), que dieron lugar a diferentes niveles iniciales de autogobierno.

La Constitución de 1978 inauguró el periodo democrático más largo y estable de la historia de España, vigente hasta la actualidad.

Conclusión y Perspectivas de Reforma

En conclusión, la Transición y la Constitución de 1978 fueron procesos complejos y fundamentales para la consolidación de la democracia en España. En los últimos años, han surgido debates sobre la necesidad de reformar la Constitución en algunos aspectos, entre los que destacan:

  • La reforma del Senado para convertirlo en una verdadera cámara de representación territorial que refleje la estructura autonómica del Estado.
  • La modificación del Título II referente a la sucesión en la Corona, para eliminar la preferencia del varón sobre la mujer, adaptándola a los principios de igualdad actuales.