Las Desamortizaciones Españolas: Un Análisis Detallado

Desamortizaciones en España: Un Proceso Transformador

Las **desamortizaciones** son un proceso político y económico de larga duración en España, que transcurrió desde 1766 hasta 1924. Durante este período, el Estado convirtió en bienes nacionales las propiedades y derechos que hasta entonces habían constituido el patrimonio amortizado de diversas entidades civiles y eclesiásticas (conocidas como **manos muertas**), para transmitirlos inmediatamente a ciudadanos individuales.

Las medidas estatales afectaron a las propiedades plenas (fincas rústicas y urbanas), a los derechos censales y al patrimonio artístico y cultural de las instituciones afectadas. La desamortización comprende la supresión de los derechos jurisdiccionales y señoriales, y la desvinculación (la supresión de las limitaciones jurídicas a la libre disposición de los bienes, en especial de la nobleza).

La desamortización pretendió la instauración de la propiedad libre, plena e individual que permitiera maximizar los rendimientos y el desarrollo del capitalismo en el campo. Estos bienes se introdujeron en el mercado de dos formas: la subasta pública y la redención por el censatario cuando se trataba de derechos.

Además, la desamortización se propuso objetivos específicos. El nuevo régimen de propiedad serviría para incitar a muchos compradores a la causa nacional y para debilitar a los enemigos del régimen liberal. Finalmente, las ventas se emplearían para luchar contra la deuda pública y ayudar a hacer frente a las necesidades de la hacienda del Estado.

Las Desamortizaciones Más Importantes

Las desamortizaciones más importantes en España fueron la de **Juan Álvarez Mendizábal** (1834-1854) y la conocida como **Ley Madoz**, llevada a cabo por **Pascual Madoz** (1855-1924).

Desamortización de Mendizábal (1834-1854)

Esta desamortización, realizada entre 1834 y 1854 por **Mendizábal** (1790-1853), político y financiero español, presidente del gobierno durante un corto período (1835-1836) durante el reinado de Isabel II, afectó exclusivamente a los bienes de la Iglesia (de manos muertas), sobre todo al **clero regular**. Consistió en la expropiación por parte del Estado de los bienes inmuebles de algunas órdenes religiosas, como los jesuitas, y la supresión de estas órdenes. Quedaban fuera de esta expropiación las órdenes dedicadas a la beneficencia y la enseñanza.

Aunque este decreto también afectó al **clero secular**, lo hizo con menos fuerza, aunque obras y monumentos, como catedrales y pinturas, fueron expropiadas. Quedaban excluidos los edificios que el gobierno destinara al servicio público o para conservar monumentos de las artes o para honrar la memoria de hazañas nacionales. Todos estos bienes recogidos pasaban a ser propiedad de la nación.

Estos bienes nacionales fueron vendidos en subasta pública. Los bienes que han llegado a ser propiedad de la nación es una forma de llegar a la felicidad pública, dar vida a una riqueza muerta, impulsar la industrialización y hacer frente a la deuda pública. Se podían pagar de dos maneras:

  • En metálico, pagando inicialmente el 15% del total y el resto en plazos durante 15 años.
  • Comprando títulos de deuda del Estado, pagando un 15% del valor total y en plazos durante 8 años.

Se indemnizó al clero secular con un 10% de los beneficios conseguidos en la subasta. Esto dio lugar a que se firmara en 1851 el Concordato.

En época de Mendizábal, otros decretos de desamortización se refirieron a las propiedades nobiliarias (sin expropiación).

  • **Ley de Desvinculación**: Tierras que no podían ser compradas, vendidas, etc., pasan a poder ser comprables, transferibles, etc. No hay expropiación; el propietario se mantiene, pero ahora puede venderlas, prestarlas, arrendarlas.
  • **Supresión de los señoríos jurisdiccionales**: Conversión en particular y libre de tierras que dominaban señores debido a los privilegios dados por los reyes, y la supresión de la relación de los señores con estas tierras y sus habitantes.
  • **Supresión de los mayorazgos**: Tierras de las que los nobles se suponían propietarios, pero que en realidad no lo eran, habían pertenecido a sus antecesores y que les llegaron por herencia. Al no saber realmente quién era el verdadero propietario, se enfrentaron campesinos y señores para luchar por sus intereses. Se tuvo que demostrar una prueba documental, que en muchos casos no se podía presentar. Por lo que se decide en juzgados, los nobles pasan a ser propietarios y los campesinos jornaleros.

Ley Madoz (1855-1924)

**Madoz** fue un político español del siglo XIX, comprometido con el movimiento liberal, tras ser gobernador de Barcelona, presidente del Congreso de Diputados y Ministro de Hacienda. En este último puesto consiguió que le aprobaran su **Ley General de Desamortización** (1855-1924), por la cual se ponían en venta todos los bienes de propiedad colectiva, los eclesiásticos que se encontraban fuera del libre mercado, y los de los pueblos, o bienes civiles.

Se llamaban **bienes de propios** aquellos que proporcionaban, por estar arrendados, una renta al Concejo, a diferencia de los **comunes**, que no proporcionaban renta y eran utilizados por los vecinos del lugar. Los bienes se vendieron en subasta pública, a pagar en metálico, del cual, el 10% iría a manos del Estado, el 90% para la compra de deuda pública al Estado con un interés al 3% para la financiación de los ayuntamientos.

El procedimiento utilizado para la venta era similar al utilizado por Mendizábal, pero con diferencias claras, el destino y el propietario. Con respecto al destino, el dinero obtenido de las ventas no fue a parar a sanear la hacienda, sino para construir el ferrocarril, que daría al país el impulso para realizar una industrialización próspera. El propietario de los bienes expropiados ya no era el Estado, sino los ayuntamientos, que percibirían el importe de las ventas, a modo de bonos del Estado, lo cual significaba que la nación se convertiría en el custodio de los fondos de los ayuntamientos utilizándolos para el bien de todos.

Consecuencias de las Desamortizaciones

Las desamortizaciones se concibieron como una medida de la hacienda pública que, además, benefició a la economía de la nación al poner la tierra en manos de unos propietarios más activos. Gran parte de las transmisiones de tierras se hicieron a costa de los **bienes de propios** de los ayuntamientos. Estos bienes eran propiedades tanto rústicas como urbanas de los municipios y constituían una importante fuente de ingresos para ellos. Con las rentas que se obtenían de los arrendamientos de estos bienes se cubrían gastos de funcionamiento municipal, y su venta dejó a los ayuntamientos en la ruina económica, por lo que tuvieron que dejar de prestar servicios de tipo social que venían haciendo hasta entonces.

La primera desamortización alivió de forma momentánea la presión demográfica, pero la baja calidad de las tierras y las reducidas dimensiones de las parcelas, junto con las plagas sufridas en el siglo XIX, dieron lugar al abandono de las explotaciones por parte de sus propietarios, que se instalaron en la ciudad o emigraron a América.

Los traspasos de tierras a partir de 1858 produjeron un refuerzo del **latifundismo**, fortaleciéndose una clase rural adepta al liberalismo burgués y a su proyecto político. En las zonas del interior, los compradores pertenecían a la burguesía agraria, y en las zonas costeras, a la burguesía comercial. Por último, se produjo un aumento de la producción que se debió más a un incremento de la superficie cultivada que a una mayor productividad de las tierras.

Grupos Beneficiados y Perjudicados

Beneficiados
  • La **burguesía**, ya que pudieron comprar más y más tierras, lo que les permitía ser más ricos, pero perjudicaban mucho al país, ya que no invertían en la industria, apostaban seguro a la tierra, no había una burguesía emprendedora, por lo que no se podía desarrollar la industrialización deseada.
  • La **nobleza**, ya que no fueron expropiados sus bienes, y además ya los podían vender y cambiar, además de poder comprar otros.
Perjudicados
  • La **Iglesia**, al quitársele la gran mayoría de sus propiedades y bienes.
  • Los **campesinos**, sufren la pérdida de los usos de los bienes comunales tras la desamortización de Madoz, por lo que empeora su situación.