LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD DEL ALUMNADO. PRINCIPIOS Y ESTRATEGIAS. MEDIDAS ORGANIZATIVAS, CURRICULARES Y DIDÁCTICAS, ALUMNADO CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO EDUCATIVO. MEDIDAS EDUCATIVAS ESPECÍFICAS.
ÍNDICE
- Introducción y justificación.
- LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD DEL ALUMNADO.
- PRINCIPIOS Y ESTRATEGIAS.
- ALUMNADO CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO EDUCATIVO.
- MEDIDAS EDUCATIVAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD.
- MEDIDAS ORDINARIAS
- MEDIDAS ESPECÍFICAS Y EXTRAORDINARIAS.
- Conclusiones.
- Bibliografía y webgrafía.
- Normativa y legislación.
0. INTRODUCCIÓN Y JUSTIFICACIÓN.
La cita de Montessori (2009 [1928]) afirmando que: “la educación de los pequeños es la cuestión más importante para el porvenir de la humanidad”, refleja la transformación a la que el mundo está destinado y cuyos responsables somos las personas.
La escuela no puede obviar estos hechos y es responsable de educar vocacionalmente a través de una enseñanza de calidad, en colaboración con el resto de la comunidad educativa, con la motivación común de construir un mundo mejor.
Con este propósito, en nuestro país, la Constitución Española (1978) en su artículo 27, proclama el derecho de todos a una educación que asegure la igualdad de oportunidades de los ciudadanos y el respeto a la diversidad de sus identidades, necesidades e intereses (artículo 2. Principios, Ley 6/2008, de 26 de diciembre, de Educación de Cantabria).
La finalidad de la educación en la etapa de Primaria es que los alumnos “afiancen su desarrollo personal y propio bienestar y adquieran las habilidades culturales básicas y sociales, los hábitos de trabajo y estudio, el sentido artístico, la creatividad y la afectividad” (artículo 16. Principios generales de EP, Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación (LOE en adelante), modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE en adelante).
En definitiva, se trata de que desarrollen al máximo las competencias clave, los objetivos y contenidos establecidos en el Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de Primaria y ampliados por el Decreto 27/2014, de 5 de junio, que establece el currículo de Primaria en Cantabria.
Para ello, la LOMCE promulga un sistema educativo de calidad, inclusivo, integrador y exigente, que garantiza la igualdad de oportunidades y posibilita que el alumnado desarrolle al máximo sus potenciales, a través de nuestra atención a la diversidad.
Próximamente, abordaremos todos los apartados del epígrafe del tema, para llegar a una serie de conclusiones. Finalmente, daremos con el listado y comentario de referencias, páginas web y el marco normativo y legislativo en el que nos circunscribimos, siguiendo el sistema APA.
Antes de comenzar, me gustaría puntualizar que creo importante el uso de un lenguaje inclusivo y no sexista; empero, por cuestiones obvias de tiempo utilizaré el uso genérico del masculino.
1. LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD DEL ALUMNADO.
La diversidad humana es lo que nos caracteriza y enriquece como individuos (Pujolás, 2004).
La atención a la diversidad es diseñada como el principio fundamental que debe regir toda la enseñanza básica, con el objetivo de proporcionar a todo el alumnado una educación adecuada a sus características y necesidades, no como medida que corresponde a las necesidades solo de unos pocos (preámbulo, LOE-LOMCE).
En Cantabria, es considerada un conjunto de acciones educativas que, en un sentido amplio, intentan prevenir y dar respuesta a las necesidades temporales o permanentes y a aquellas que requieren una actuación específica (artículo 2, Decreto 98/2005, de 18 de agosto, de ordenación a la atención a la diversidad en las enseñanzas escolares y a la educación preescolar en Cantabria).
Esta diversidad se ve condicionada por los factores de diversidad, diferentes en cada alumno, como las capacidades, ritmos y estilos de aprendizaje, las motivaciones e intereses, situaciones sociales, culturales, lingüísticas y de salud del alumnado.
Corresponde al Equipo docente y al tutor, a través de la elaboración coordinada del PAT y PAD, prevenir las dificultades, y facilitar la inclusión, especialmente la del alumnado que requiera de una atención educativa diferente a la ordinaria. El PAD es elaborado y evaluado por la CESPAD (Orden EDU/5/2006, de 22 de febrero, por la que se regula el PAD y la CESPAD en Cantabria.
El equipo directivo coordina la elaboración de los planes, programas y proyectos que se vayan a desarrollar en el centro, garantizando su cumplimiento (artículo 46, Orden EDU/21/2006, de 24 de marzo, por la que se establecen las funciones de los diferentes profesionales y Órganos en el ámbito de la atención a la diversidad en los centros educativos de Cantabria).
Si no es posible prevenir las dificultades, detectaremos necesidades a la mayor brevedad posible, siguiendo los siguientes pasos.
1.1. PROTOCOLO PARA LA DETECCIÓN DE NECESIDADES.
El tutor recopila, analiza y valora la información que adquiere a través de la observación objetiva y la recogida de datos, los informes anteriores, la evaluación inicial, el intercambio de información con la familia y con el equipo docente.
El tutor, el Equipo docente y el orientador intentan dar respuesta a las dificultades detectadas con las medidas ordinarias generales. Si lo consiguen, realizan un seguimiento a través de la evaluación global, continua y formativa (ECD/110/2014). Si no es así, el tutor solicita una evaluación psicopedagógica a la Unidad de Orientación Educativa (UOE en adelante) a través del documento del Anexo 2 de la Resolución de 24 de febrero de 2014, que concreta las necesidades específicas de apoyo educativo y los modelos de informes de evaluación psicopedagógica, establecidos en la Orden ECD/11/2014).
La UOE realiza la evaluación psicopedagógica, regulada por la Orden ECD/2014, de 11 de febrero, que regula la evaluación psicopedagógica en el sistema educativo de Cantabria, y elabora el informe psicopedagógico y, en su caso, el dictamen de escolarización; e informa a la familia, al tutor y/o Equipo docente. Todos ellos se coordinan y realizan un seguimiento de la aplicación de las medidas dispuestas en el informe y la evolución del alumno.
Todas estas actuaciones se realizan siguiendo unos principios y estrategias.
2. PRINCIPIOS Y ESTRATEGIAS.
Los principios por los que debemos luchar son: la equidad, la inclusión educativa y la igualdad de derechos para ayudarles a superar cualquier discriminación y garantizarles la igualdad de oportunidades para su pleno desarrollo (artículo 1, LOMCE).
Más concretamente, el artículo 80 de la Ley 6/2008, recoge los principios del modelo educativo con el que atendemos a la diversidad en Cantabria.
Primeramente, debe favorecer la integración escolar y la inclusión social, a través de actuaciones dirigidas a todo el alumnado, normalizando y respetando las diferencias.
La atención a la diversidad está inserta en el centro, superando los obstáculos de su organización, flexibilizando la distribución de los tiempos, espacios y agrupamientos.
Es favorecedora de la cooperación entre la comunidad educativa, pues las decisiones se basan en su reflexión conjunta y colaboración.
Por último, es potenciadora de la apertura del centro al entorno y del uso de las redes de recursos sociales de la comunidad, aprovechando el servicio de los diferentes profesionales e instituciones que ayudan a mejorar la actuación educativa.
Gairín Sallán (1998) señala que “el lograr efectivamente una escuela para todos no deja de ser una utopía a la que no podemos ni queremos renunciar”. Con este objetivo, propone unas estrategias didácticas y organizativas para llevar a cabo en nuestras aulas.
2.1. Estrategias Didácticas
- Considerar tanto las capacidades como las habilidades y emociones como objetivos.
- Abordar los contenidos no solo como conceptos, sino también como procedimientos y actitudes.
- Flexibilidad en la selección, modificación y secuenciación de objetivos y contenidos según las características del alumno.
- Aplicación de metodologías flexibles y adaptadas.
- Actividades que favorezcan la participación, despierten el interés y potencien la autonomía del alumnado.
- Evaluación centrada en el esfuerzo y el progreso.
2.2. Estrategias Organizativas
- Establecimiento de rutinas en las sesiones.
- Utilización de rincones de aprendizaje.
- Implementación de agrupamientos flexibles.
- Desarrollo de talleres.
- Creación de espacios adaptables y flexibles.
- Organización de sistemas de refuerzo.
- Habilitación de aulas de apoyo.
- Facilitar la accesibilidad a materiales diversos.
- Implementación del aprendizaje cooperativo.
- Fomento del “team teaching”, donde alumnos de cursos superiores ayudan a los de cursos inferiores.
Igualmente, la Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria ha establecido estrategias como la dotación de una base legal en este ámbito, la creación de las UOE, el Plan de Interculturalidad y el Aula de Dinamización Intercultural en Santander y Torrelavega.
3. ALUMNADO CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO EDUCATIVO.
Los Alumnos con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (ANEAE en adelante) son aquellos que requieren apoyos o una atención educativa diferente a la ordinaria, por ser: alumnado con Necesidades Educativas Especiales (NEE); alumnado con Dificultades Específicas de Aprendizaje, que sin ser NEE, presentan dificultades de aprendizaje que les impiden seguir con la escolarización ordinaria; alumnado con trastorno por déficit de atención e hiperactividad; alumnado con altas capacidades intelectuales, sobredotación, alto rendimiento académico, precocidad intelectual y creatividad; alumnado de Integración Tardía al Sistema Educativo Español y alumnado con condiciones personales o de Historia Escolar que presentan desfase curricular por estas razones (artículo 2, Orden ECD/11/2014).
Concretamente, los alumnos con NEE tienen una discapacidad física, intelectual o sensorial, trastornos de la conducta y emociones (de inicio en la infancia y adolescencia), trastornos del espectro autista, de retraso madurativo asociado a alteraciones en el desarrollo evolutivo (de los 0 a los 6 años), y trastornos de la comunicación y el lenguaje (Resolución de 24 de febrero de 2010).
Se establecerán medidas curriculares y organizativas y adaptaciones significativas de los elementos del currículo para el alumnado con NEE, teniendo en cuenta los diferentes ritmos de aprendizaje del alumnado, promoviendo la autonomía y el trabajo en equipo. La evaluación continua y la promoción tomarán como referente los elementos que se fijen en dichas adaptaciones (Decreto 27/2014). Requieren de determinados apoyos y atenciones educativas específicas por un período de su escolarización o a lo largo de toda ella.
La escolarización de los ANEAE y NEE se basará en los principios de normalización e inclusión, asegurando su no discriminación e igualdad efectiva. Esa inclusión se determinará en función de una mayor necesidad de ajuste en el ámbito educativo de acuerdo a sus características bio-psico-sociales. Dicho ajuste conllevará el establecimiento de apoyos para potenciar su desarrollo personal y social (Resolución de 24 de febrero de 2014).
Corresponde a las Administraciones educativas asegurar los recursos necesarios para estos alumnos (artículo 71. Principios, LOE-LOMCE).
4. MEDIDAS EDUCATIVAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD.
Las medidas de atención a la diversidad pueden ser ordinarias, específicas y extraordinarias. A su vez, las medidas ordinarias pueden ser singulares y generales y, estas últimas, organizativas, curriculares, de coordinación y didácticas.
4.1. MEDIDAS ORDINARIAS.
Para abordar las medidas ordinarias, nos basamos en los Resuelvo tercero y cuarto de la Resolución de 22 de febrero de 2006, por la que se proponen diferentes medidas de atención a la diversidad con el fin de facilitar a los centros Educativos de Cantabria la elaboración y desarrollo de los planes de Atención a la Diversidad.
Esta Resolución define a las medidas ordinarias como aquellas actuaciones y programas dirigidos a prevenir posibles dificultades, facilitar la superación de las mismas y profundizar en el currículo, mediante actuaciones de organización, coordinación y adecuación del mismo sin alterar significativamente sus elementos esenciales.
4.1.1 Medidas Ordinarias Generales (para el grupo):
- Desdobles.
- Agrupamientos inter-aula.
- Programas de prevención.
- Refuerzos llevados a cabo por los maestros.
- Seguimiento individualizado complementario que, con carácter general se realiza con todo el alumnado.
- Diversificación de los procedimientos de evaluación.
- Plan de Acogida.
- Entrevistas con familias.
- Coordinaciones de Equipo docente entre las etapas y con servicios externos.
4.1.2. Medidas Ordinarias Singulares (para un alumno concreto):
- Adaptaciones curriculares individuales no significativas.
- Programa de refuerzo educativo complementario (extraescolar).
- Programas o talleres tras detectar dificultades.
- Aprendizaje del español como segunda lengua (L2).
- Repetición de curso.
- Profundización curricular.
Si las medidas ordinarias son insuficientes o cuando la evaluación psicopedagógica así lo determine, utilizaremos las medidas específicas y extraordinarias (artículo 10, Decreto 98/2005).
4.2. MEDIDAS ESPECÍFICAS Y EXTRAORDINARIAS.
Para determinar las medidas específicas nos basamos en los Resuelvo quinto y sexto de la Resolución de 22 de febrero de 2006.
Esta resolución define a las medidas específicas como aquellas actuaciones y programas dirigidos a dar respuesta a las necesidades educativas, que requieren modificaciones significativas en alguno de los elementos curriculares esenciales y/o adaptaciones de acceso al currículo y/o cambios organizativos que faciliten la aplicación de dichas medidas.
4.2.1. Medidas Específicas:
- Adaptaciones de acceso al currículo.
- Adaptaciones curriculares individuales significativas.
- Apoyo especializado de PT o AL.
- Flexibilización de la duración de la etapa o enseñanza.
- Apoyo de fisioterapia y/o técnico sociosanitario.
4.2.2. Medidas Extraordinarias:
- La escolarización en centro o aula de educación especial a tiempo completo o la escolarización combinada entre el aula de educación especial y el centro ordinario.
5. CONCLUSIONES.
(Añade aquí las conclusiones del tema)
6. BIBLIOGRAFÍA Y WEBGRAFÍA.
- Casanova, M. A. (2012). El diseño curricular como factor de calidad educativa. Revista Iberoamericana sobre Calidad, Eficacia y Cambio en Educación, 10(4), 6-20.
- Centros de profesorado en Cantabria: www.cepdecantabria
- Consejería de Educación, Cultura y Deporte, Gobierno de Cantabria: www.educantabria.es
- Consejo Escolar del Estado (2014). La participación de las familias en la educación escolar. Madrid: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
- Gairín, J. (1998). Estrategias organizativas en la atención a la diversidad. Universidad Autónoma de Barcelona. Departamento de Pedagogía Aplicada. Revista Educar 22-23.
- González, M. Á. (2006). La acción tutorial: su concepción y su práctica. Ministerio de Educación.
- López, A. (2006). Trabajar con los compañeros para mejorar la educación. Aula de Innovación Educativa.
- Montessori, M. (2009). Ideas generales sobre el método Montessori manual práctico (p. 37). CEPE. 49 edición.
- Pujolás, P. (2004). Aprender juntos alumnos diferentes. Los equipos de aprendizaje cooperativo en el aula. Barcelona. Editorial Octaedro, S. L.
7. NORMATIVA Y LEGISLACIÓN.
- Circular de la dirección general de innovación y centros educativos por la que se dictan instrucciones referidas a la atención a la diversidad y a la orientación en las diferentes etapas educativas para el curso 2018-2019.
- Instrucciones inicio y fin de curso 2018-2019 del Gobierno de Cantabria.
- Decreto 27/2014, de 5 de junio, que establece el currículo de Educación Primaria en Cantabria.
- Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria.
- Resolución de 24 de febrero de 2014, que concreta las necesidades específicas de apoyo educativo y los modelos de informe de evaluación psicopedagógica, establecidos en la Orden ECD/11/2014.
- Orden ECD/11/2014, de 11 de febrero, que regula la evaluación psicopedagógica en Cantabria.
- Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa.
- Ley 6/2008, de 26 de diciembre, de Educación en Cantabria.
- Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
- Orden EDU/22006, de 24 de marzo, por la que se establecen las funciones de los diferentes profesionales y Órganos, en el ámbito de la atención a la diversidad, en Cantabria.
- Orden EDU 5/2006, de 22 de febrero, por la que se regulan el PAD y la CESPAD en Cantabria.
- Resolución de 22 de febrero de 2006, por la que se proponen diferentes medidas de atención a la diversidad con el fin de facilitar a los centros Educativos de Cantabria la elaboración y desarrollo de los Planes de Atención a la Diversidad.
- Decreto 98/2005, de 18 de agosto, de ordenación de la atención a la diversidad en las enseñanzas escolares y la educación preescolar en Cantabria
- Constitución Española, de 27 de diciembre de 1978.