1. Objetivo del RSIRAT
Administración y seguimiento de las acciones inductivas emitidas a los contribuyentes previamente seleccionados, así como brindar información oportuna que permita el control y la evaluación de la gestión de estas acciones.
2. Módulo de Gestión de Masivos
2.1 Registro de Fecha de Notificación
Esta opción permite registrar la fecha en la cual el contribuyente recibió la Esquela de Citación (incluyendo la Esquela Reiterativa) o la Carta Inductiva. También permite realizar la modificación de la fecha inicialmente registrada en caso exista un error.
2.2 Registro de la Fecha de Notificación
Este proceso permite no solo registrar la fecha de notificación, sino restringir automáticamente el cambio de domicilio fiscal del contribuyente, trasladando la información al sistema RUC, la cual no será levantada sino al término del caso.
El usuario registrará la fecha, la forma y el motivo de la notificación y finalmente hará clic en el botón Aceptar. Para cambiar la fecha de notificación registrada se deberá registrar la nueva fecha y hacer clic en el botón “Modificar”. Son usuarios: El programador operativo de la dependencia, los verificadores y/o los supervisores.
3. Registro de los Resultados de la Acción Inductiva
3.1 Levantamiento de Inconsistencia
Descargo del Verificador
Este es el proceso a través del cual el verificador se pronuncia sobre la inconsistencia evaluada.
Verificación
Registrar el resultado de la verificación, marcar alguna de las siguientes opciones. En caso se marque el ítem 01 o 02 o 03 la inconsistencia se levanta.
3.2 Detalle de No Omisión
En caso se marque el ítem 02 ” la inconsistencia no implica omisión de ingresos o rentas”, deberá especificarse el detalle aquí. El ítem 00 corresponde a un resultado de la verificación que no tiene detalle.
3.3 Aceptación Parcial de la Inconsistencia
Si se marca el ítem 04 ”Acepta parcialmente la inconsistencia” en el cuadro de texto deberá registrarse lo que el contribuyente reconoce parcialmente.
3.4 Acción del Contribuyente
Aquí se consigna cuál fue la acción por parte del contribuyente, a raíz de la acción inductiva de la SUNAT. Ojo: Si el caso no está notificado no ingresar a esta opción.
3.5 Acción del Verificado / Fiscalizado
Aquí se registrará la siguiente información, por defecto se encuentra marcado el Ítem ”Compareció / Asistió”
3.6 Documentos Presentados
Aquí el usuario registrará los documentos que el contribuyente presenta Ítem por Ítem con el botón ”Añadir”, se podrá modificar la información ingresada con el botón ”Modificar” e incluso eliminar alguno de los Ítems seleccionados con el botón ”Eliminar”
3.7 Notas y Comentarios Adicionales
Aquí el usuario registrará un texto con comentarios adicionales del contribuyente respecto a la verificación.
3.8 Inducción
Permite registrar los pagos efectuados y/o las Declaraciones Ratificatorias presentadas. Cuando se registre por primera vez, se debe utilizar el botón Añadir, en caso de requerirse Modificación o Eliminación de Información, se deberá escoger los botones correspondientes. Ejemplo de registro de un Pago Inducido:
3.9 Manifestación del Verificador
Es una ventana de texto (en blanco) para que el verificador pueda registrar detalles que consideren de interés (formato con información básica y estructurada)
3.10 Segunda Acción Inductiva
Se puede seleccionar a un contribuyente a quien se desea emitir una segunda Acción Inductiva o en su defecto para que se continúe en la etapa de verificación:
3.11 Segunda Acción Inductiva
Se ingresa el tipo de acción a seguir y el motivo:
3.12 Suspensión / Activación
Muestra cinco opciones para marcar, por defecto tiene activa lo correspondiente a Activación del caso, las cuatro opciones restantes son para ”suspender el caso” por tres motivos específicos allí descritos y un cuarto genérico, el rubro ”otros motivos”, el cual permite registrar brevemente el motivo adicional no contemplado en las opciones. Posteriormente se utilizará también para activar un caso suspendido.
3.13 Anulación / Activación
Permite registrar el motivo por el cual se anula una Acción Inductiva. En caso que el contribuyente sea ”No hallado”, se registrará, en forma obligatoria en esta ficha, tanto para las Esquelas de Citación como para las Cartas Inductivas, caso contrario no se podrá dar por terminada la Acción Inductiva. Adicionalmente para el caso de No Hallado se deberá registrar la fecha de visita.
3.14 RUC de Oficio
Permite registrar la marca de Ruc de oficio. Esta marca solo deberá ser empleada para los A I que han sido generadas para personas naturales sin RUC.
3.15 Fin de la Verificación
El verificador registrará la fecha en que culminó la verificación. Grabar con el botón ”Nuevo”.
4. Registro de Valores
El usuario deberá ingresar al menú de GESTION DE MASIVOS/ VALORES MANUALES / REGISTRO DE VALORES MANUALES, allí seleccionará el tipo de valor que desea registrar.
4.1 Registro de Resolución de Multa
Revisar el artículo 77° del TUO del Código Tributario Artículo 77° REQUISITOS DE LAS RESOLUCIONES DE DETERMINACIÓN Y DE MULTA
La Resolución de Determinación será formulada por escrito y expresará:
- El deudor tributario.
- El tributo y el período al que corresponda.
- La base imponible.
- La tasa.
- La cuantía del tributo y sus intereses.
- Los motivos determinantes del reparo u observación, cuando se rectifique la declaración tributaria.
- Los fundamentos y disposiciones que la amparen.
Tratándose de las resoluciones de Multa contendrá necesariamente los requisitos establecidos en los numerales 1 y 7, así como referencia a la infracción, el monto de la multa y los intereses.
4.2 Cálculo de los Intereses
En el caso de las Resoluciones de Multa, la fecha de actualización que deberá registrarse será la siguiente
A.- Si: Fecha de Actualización (casilla cálculo) = {Fecha de Infracción – 1 día}
Para estos casos, los intereses se deben calcular desde la fecha de infracción (comisión o detección), por lo tanto, se deberá registrar en el rubro de fecha de Actualización un día anterior al de la fecha de Infracción, con el fin que el sistema calcule los intereses a partir del día siguiente consignado como Fecha de Actualización, es decir a partir de la fecha de Infracción.
B.- Si: la fecha de actualización es diferente a la fecha de infracción
Deberá tenerse en cuenta que el sistema procederá a calcular los intereses a partir del día siguiente a la fecha consignada en dicho campo, para lo cual deberá ingresarse adicionalmente y de ser caso, el intereses capitalizado e intereses a la fecha de actualización registrada.
4.3 Registro de Resolución de Determinación
Artículo 75º.- RESULTADOS DE LA FISCALIZACION O VERIFICACION
Concluido el proceso de fiscalización o verificación, la Administración Tributaria emitirá la correspondiente Resolución de Determinación, Resolución de Multa u Orden de Pago, si fuera el caso.
No obstante, previamente a la emisión de las resoluciones referidas en el párrafo anterior, la Administración Tributaria podrá comunicar sus conclusiones a los contribuyentes, indicándoles expresamente las observaciones formuladas y, cuando corresponda, las infracciones que se les imputan, siempre que a su juicio la complejidad del caso tratado lo justifique.
(106) En estos casos, dentro del plazo que la Administración Tributaria establezca en dicha comunicación, el que no podrá ser menor a tres (3) días hábiles; el contribuyente o responsable podrá presentar por escrito sus observaciones a los cargos formulados, debidamente sustentadas, a efecto que la Administración Tributaria las considere, de ser el caso. La documentación que se presente ante la Administración Tributaria luego de transcurrido el mencionado plazo no será merituada en el proceso de fiscalización o verificación.
4.4 Registro de Resolución de Determinación – Saldo a Favor
Artículo 75 ° del Tuo del código tributario.
4.5 Mantenimiento de Valores Manuales
Esta opción podrá ser utilizada por el auditor y el supervisor de grupo. Te permite modificar o dar de baja el registro del valor preliminar antes de su generación.
4.6 Consulta Preliminar de Valores Manuales
El usuario deberá ingresar al menú de FISCALIZACION / VALORES MANUALES / CONSULTA DE PRELIMINAR DE VALORES MANUALES, allí se seleccionará al valor a consultar asociado a una acción inductiva.