RECURSO DE ALZADA
El Recurso de Alzada tiene por objeto los actos administrativos que no ponen fin a la vía administrativa y es resuelto por el órgano superior. Como este recurso es consecuencia del principio de jerarquía, se determina su inexistencia en aquellas organizaciones administrativas en las que sus órganos no están estructurados de forma jerárquica, como ocurre en las entidades locales.
Actos administrativos que ponen fin a la vía administrativa (art. 190 LRJPAC):
- Las resoluciones Sigue leyendo