Los Tratados Internacionales
La regulación constitucional de los tratados indica que el poder de celebrar Tratados pertenece al Gobierno, como cabeza del Poder Ejecutivo, el cual tiene a su cargo la dirección de la política internacional (art. 97 CE). Este poder gubernamental está sometido a un procedimiento regulado constitucionalmente que implica un control parlamentario del mismo, tanto más intenso cuanto más relevante sea el contenido del Tratado.
En este sentido, la CE distingue tres diferentes Sigue leyendo