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El Poder Judicial y la Corona en la Constitución Española

La Corona

Art. 56. El Rey

  1. El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, y asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales.
  2. Su título es el de Rey de España y podrá utilizar los demás que correspondan a la Corona.
  3. La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el art. 64, careciendo de Sigue leyendo

Análisis completo del Título IX de la Constitución Española: La Corona, el Poder Judicial y el Tribunal Constitucional

LA CORONA

ART. 56. EL REY

  1. El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, y asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales.
  2. Su título es el Rey de España y podrá utilizar los demás que correspondan a la Corona.
  3. La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el art. 64, careciendo de validez Sigue leyendo

Análisis completo del Título IX de la Constitución Española: La Corona, el Poder Judicial y el Tribunal Constitucional

LA CORONA

ART. 56. EL REY

  1. El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, y asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales.
  2. Su título es el Rey de España y podrá utilizar los demás que correspondan a la Corona.
  3. La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el art. 64, careciendo de validez Sigue leyendo

Principios Informadores del Derecho Fundamental de Libertad Religiosa en España

10- ¿Qué supone el Principio de no discriminación en base a lo que establece el Tribunal Constitucional en su jurisprudencia? La no discriminación supone que los Poderes públicos pueden reconocer determinadas singularidades a cada titular, individual y colectivo, del derecho. Sólo si existe alguna causa justificada y razonable podrán realizarse distinciones de trato.

11- ¿El Principio de Laicidad-Aconfesionalidad tiene su fundamento jurídico en…? ¿Y qué supone…? El principio de laicidad- Sigue leyendo